B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240108-5)
Habilitación lingüística –  Resolución conjunta de 27 de diciembre de 2023, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en lenguas extranjeras, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 6

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE ENERO DE 2024

3.2.

Comunidad de Madrid, tampoco se deberá justificar este hecho documentalmente.
La validez de los títulos aportados a efectos de la participación en el procedimiento de habilitación lingüística quedará supeditada a la emisión de un
informe favorable de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la
Enseñanza en los casos en que no exista coincidencia con la denominación
reflejada en los Anexos II Y III, respectivamente.
c) Los profesores de religión sin contrato laboral indefinido, en centros docentes públicos del ámbito de la Comunidad de Madrid, deberán acreditar compromiso de propuesta para la docencia por la autoridad religiosa correspondiente de conformidad con el modelo que estará disponible en los mismos
lugares que los indicados en la base 2.a.
d) Documentación a presentar por aquellos candidatos vinculados a la enseñanza pública que participan en el procedimiento sin estar en activo en centros pertenecientes al ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid: Además de la documentación referida en los apartados a y b anteriores, deberán
aportar copia del título administrativo de funcionario de carrera del correspondiente cuerpo docente o documento que acredite su situación como funcionario en prácticas del correspondiente cuerpo docente, así como hoja de
servicios expedida por la Administración educativa de la que depende, actualizada a fecha de publicación de esta convocatoria, sin perjuicio de las
actuaciones oportunas que se puedan llevar a cabo para comprobar la veracidad de lo declarado en la solicitud por los participantes.
e) Documentación específica a presentar por aquellos candidatos que participan en el procedimiento y que están vinculados a centros privados concertados: Además de la documentación referida en los apartados a y b anteriores, deberán aportar el certificado del titular del centro privado concertado
que figura en el Anexo IV de esta convocatoria, en el enlace https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisos-carnes/habilitacionlinguistica-concertados-24, a fin de acreditar la prestación de servicios docentes.
f) Si desea actuar por medio de representante, deberá consignar sus datos en el
apartado correspondiente de la solicitud y presentar:
— Documento de otorgamiento de la representación.
— Copia del DNI del representante en el supuesto de no autorizar su consulta. La copia deberá adjuntarse obligatoriamente en el caso del profesorado de los centros concertados.
Se podrá reclamar a los participantes, en cualquier momento del procedimiento, la presentación de los documentos originales. En caso de discrepancia entre las copias presentadas y los originales, el participante será excluido del procedimiento, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad
en que hubiese podido incurrir.
Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
a) Los candidatos de centros públicos podrán acreditar este requisito autorizando a la Dirección General de Recursos Humanos, en el apartado “Autorización consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales” de la solicitud, a realizar la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales.
La autorización de consulta en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a la Dirección General de Recursos Humanos implica también la autorización para la consulta de datos del DNI.
Todos los aspirantes vinculados a los centros docentes públicos que no hayan marcado el apartado “Autorización consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales” de la solicitud, autorizando la consulta al Registro
Central de Delincuentes Sexuales, deberán aportar el Certificado negativo
del mencionado Registro, junto con el resto de la documentación.
Se entiende que la autorización otorgada a la Administración por parte del
profesorado vinculado a los centros públicos para consultar el registro Central de Delincuentes Sexuales será válida para la comprobación de los datos en cualquier nombramiento en puestos docentes no universitarios de la
Comunidad de Madrid.

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