Getafe (BOCM-20240104-68)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 3

4. Otorgar el Visto Bueno de las certificaciones de obra de su ámbito competencial.
5. Aprobación de Planes de Seguridad y salud de las obras adjudicadas por la Junta
de Gobierno de su ámbito competencial.
6. La formalización de los contratos de suministro y aparato de medida correspondientes a las acometidas de dependencias y servicios municipales de conformidad con el
convenio de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Getafe.
7. Aceptación una vez aprobado por la Dirección Facultativa del Plan de Residuos
de Construcción y Demolición presentado por el contratista.
8. La concesión de licencias de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
9. La concesión de autorizaciones en materia de vertidos industriales al sistema integral de saneamiento.
10. La concesión de autorizaciones para la participación de animales en ferias, exposiciones, concursos, filmaciones, exhibiciones o cualquier otra actividad.
Cuarto.—Delegar en la Concejalía-Delegada de Urbanismo y Seguridad Ciudadana,
las siguientes atribuciones:
1. La concesión de licencias, autorizaciones y concesiones sobre el dominio público
vinculadas al otorgamiento de licencias urbanísticas y declaraciones responsables urbanísticas.
2. La devolución de las fianzas de los negocios jurídicos patrimoniales.
3. Las autorizaciones de venta ambulante en mercadillos o enclaves aislados.
4. Autorización de utilización del dominio público con terrazas y veladores.
5. Las autorizaciones de contenedores de residuos de construcción o demolición y de
casetas de obra.
6. La tramitación de concesiones demaniales de quioscos destinados a la venta de
prensa, publicaciones periódicas, golosinas y flores, así como quioscos de hostelería.
7. La concesión de licencias urbanísticas establecidas en la Legislación Urbanística
y Sectorial.
8. En las declaraciones responsables urbanísticas:
a) La prohibición del ejercicio de las actuaciones en el supuesto de deficiencias requeridas y no subsanadas.
b) La paralización de las actuaciones declaradas en el supuesto en el supuesto de
apreciarse incumplimientos o deficiencias esenciales no susceptibles de subsanación.
c) La declaración del cese en el ejercicio de la actuación en el supuesto de inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato, así como cuando el
contenido se refiera a actos sujetos a licencia.
d) La declaración del cese de la ocupación en el caso de incumplimiento de los requisitos necesarios en las de primera ocupación y funcionamiento de las edificaciones de nueva planta y de las casas prefabricadas así como de los edificios e instalaciones en general.
9. Las autorizaciones contenidas en la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Municipio de Getafe.
10. Las autorizaciones o tomas de razón en su caso del uso de la vía pública no incluidas en la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Municipio de Getafe.
En el ámbito de competencias de Policía Local, Tráfico y Protección Civil:
11. Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo así como la autorización y compromiso
de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.
12. La contratación que tenga la consideración de contrato menor, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.
13. La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
Quinto.—Delegar en la Concejalía-Delegada de Personas Mayores y Vivienda, las siguientes atribuciones:
1. Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo así como la autorización y compromiso
de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.

BOCM-20240104-68

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