A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240103-1)
Plan estadística –  Decreto 272/2023, de 27 de diciembre, del Consejo de Gobierno, del Plan de Estadística de la Comunidad de Madrid 2024-2027
99 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 14

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 2

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, previa deliberación, el
Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de diciembre de 2023,
DISPONE
Artículo 1
Aprobación del Plan de Estadística de la Comunidad de Madrid 2024-2027
Se aprueba el Plan de Estadística de la Comunidad de Madrid 2024-2027, cuyo contenido se recoge en los Anexos I, II y III de este decreto
El periodo de vigencia será 2024-2027, sin perjuicio de su eventual prórroga, tal y
como se establece en el artículo 26.2, de la Ley 12/1995, de 21 de abril, de Estadística de
la Comunidad de Madrid.
Artículo 2
Obligatoriedad de cumplimentación
Serán estadísticas de respuesta obligatoria, en los términos que establece la Ley 12/1995,
de 21 de abril, todas las incluidas en el presente Plan de Estadística y en los sucesivos programas anuales que lo desarrollen, con la excepción de los datos a los que se refieren los artículos 16.2, a los datos relativos a la ideología, religión o creencias, y 18.1, al honor, a la
intimidad personal y familiar y a la propia imagen, de la Constitución española. En estos
casos la colaboración será siempre voluntaria y su recogida y tratamiento estará sometida
al consentimiento previo y expreso de los interesados.
Se respetará la normativa vigente en materia de protección de datos, especialmente el
Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos), y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Artículo 3
El objetivo general del Plan de Estadística de la Comunidad de Madrid 2024-2027 es
aumentar el conocimiento sobre los diferentes ámbitos de la Comunidad de Madrid, a través de la realización y mejora continua de las estadísticas necesarias de forma coordinada
con los diferentes agentes y de manera eficiente en la utilización de los recursos públicos.
Con el fin de garantizar el objetivo general, se establecen los siguientes objetivos específicos:
a) Disponer de información estadística que atienda las demandas de la Administración pública y de la sociedad en general, fomentando la participación con organizaciones sociales para el conocimiento de sus necesidades.
b) Aumentar la coordinación entre las diferentes unidades administrativas que realizan actividad estadística de interés en la Comunidad de Madrid.
c) Potenciar la integración de la información de las unidades de las consejerías, organismos o empresas dependientes de ellas especialmente de sus registros administrativos, para la mejora de la información estadística.
d) Fomentar el uso y reaprovechamiento de los registros administrativos y otras
fuentes de información disponibles con fines estadísticos.
e) Promover el uso de la estadística oficial con fines de análisis, evaluación de políticas públicas y toma de decisiones.
f) Promocionar la calidad de la estadística oficial a través de la documentación de los
procesos y la publicación de los metadatos.
g) Promover un sistema de difusión estadística que facilite la utilización de la información.
h) Garantizar la transparencia e independencia de la información a través de la difusión de un calendario de publicaciones.

BOCM-20240103-1

Objetivo general del Plan de Estadística de la Comunidad de Madrid 2024-2027