C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240103-21)
Instrucciones admisión alumnos –  Resolución conjunta de 15 de diciembre de 2023, de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos de primer ciclo de Educación Infantil en centros públicos y en centros privados, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, para el curso escolar 2024-2025
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 2

los centros y las familias pondrán especial atención en el proceso de baremación
de las solicitudes, así como en su caso, de las posibles reclamaciones.
6. Las reclamaciones relativas a las solicitudes presentadas por vía telemática se harán también a través de la Secretaría Virtual.
Los centros analizarán las reclamaciones que reciban y actualizarán, en su caso, a través de la aplicación Raíces la puntuación que corresponda a los criterios baremados para
cada centro. Las reclamaciones al listado provisional de admitidos y de espera serán resueltas a través de la publicación de las listas definitivas de admitidos y de espera.
7. Una vez concluido el plazo de entrega de solicitudes, no se tendrán en cuenta a
efectos de baremación situaciones no alegadas en la solicitud o sobrevenidas posteriormente. Únicamente se tendrá en cuenta, a efectos de matriculación, el nacimiento del solicitante
Las listas definitivas para el grupo correspondiente al primer curso del primer ciclo de
Educación Infantil podrán incluir niños cuyo nacimiento esté previsto para una fecha anterior al día 1 de enero de 2025 señalando su condición de no nacido.
Octava
Sorteo para resolver situaciones de empate
1. Con el fin de unificar para el conjunto de centros sostenidos con fondos públicos
el sorteo que permita resolver posibles empates en puntuación entre varios solicitantes de
plaza escolar, la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades llevará a cabo el 22 de
abril la siguiente actuación de la que se levantará el acta correspondiente:
a) Se extraerán aleatoriamente cuatro bolas de un conjunto de diez, numeradas del 0 al 9.
Antes de proceder a cada extracción se volverá a introducir, en su caso, la bola extraída con anterioridad.
b) El resultado obtenido al colocar de izquierda a derecha, y en el mismo orden de extracción, las cifras a las que se refiere el párrafo anterior se dividirán entre diez mil.
La cifra obtenida será comunicada a los Servicios de Apoyo a la Escolarización a
través de las Direcciones de Área Territorial, será incluida, para información de
las familias en la página web de la Comunidad de Madrid, a través del portal de
Internet de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid y será incorporada a
la aplicación Raíces.
2. Cuando en un centro sea necesario realizar el desempate entre varias solicitudes,
la aplicación Raíces elaborará una relación ordenada alfabéticamente con las solicitudes
que están en situación de empate y asignará a cada una de ellas correlativamente un número natural, comenzando por el 1 y terminando por la última de las solicitudes empatadas.
3. Se calculará el número natural que resulta al eliminar las cifras decimales del número que se obtiene sumando uno al producto del resultado obtenido en el apartado 1.b) por
el número total de solicitudes empatadas.
4. Las plazas vacantes disponibles se adjudicarán comenzando por la solicitud de la
relación a la que se refiere el apartado 2, correspondiente con el número que se determine
conforme a lo dispuesto en el apartado 3 y continuando, hasta agotar las plazas vacantes,
por aquellas solicitudes a las que corresponden los siguientes números según el orden creciente de la serie numérica.
5. A los efectos de lo establecido en el apartado anterior se considerará que el número 1 es el siguiente al número total de solicitudes empatadas.
6. Las operaciones anteriores se realizarán mediante la aplicación Raíces, que permitirá resolver los casos de desempate que afecten a cada centro y adjudicar las plazas disponibles.

Resolución del proceso ordinario de admisión
1. El director o titular del centro solicitado en primera opción graba, recupera, revisa y consolida, según corresponda, a través de la aplicación Raíces las solicitudes recibidas.
Es necesario que el proceso finalice antes del día del cierre de la aplicación Raíces para la
validación de la información recibida desde los distintos organismos públicos hasta la publicación de las listas provisionales de alumnos admitidos y de espera. Es necesario que los
directores de los centros comprueben la baremación dentro del plazo establecido para la
grabación de solicitudes para poder corregir posibles errores.

BOCM-20240103-21

Novena