C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240103-20)
Instrucciones admisión alumnos –  Resolución conjunta de 15 de diciembre de 2023, de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, así como las etapas de educación especial en la Comunidad de Madrid para el curso 2024-2025
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B.O.C.M. Núm. 2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE ENERO DE 2024

dichos centros tendrá igualmente carácter limitado y podrá incluir IES
bilingües ubicados en otros municipios próximos.
2.1.3. En aquellos municipios que no cuenten con ningún IES bilingüe, tanto la
adscripción preferente como la adscripción múltiple bilingüe podrán realizarse, de forma limitada, respecto a institutos ubicados en otros municipios próximos.
2.1.4. En aquellos municipios en los que todos los IES sean bilingües y, por
tanto, esté garantizada la continuidad en el programa bilingüe de todos
los alumnos procedentes de colegios públicos bilingües que se recoge en
la Orden 1240/2013, de 17 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, una vez analizadas las circunstancias de planificación,
oferta educativa y capacidad de los centros que concurran en cada caso,
las DAT podrán no efectuar adscripciones de carácter preferente entre
centros bilingües y podrán establecer la adscripción múltiple ordinaria
entre todos los colegios públicos y los IES existentes en el municipio.
2.2. En el caso de los colegios públicos que durante el curso 2023-2024 cuentan con
alumnos de sexto curso de Educación Primaria que cursan el programa de enseñanza de lengua francesa o de lengua alemana, con el fin de facilitar la continuidad de dichas enseñanzas los centros podrán estar adscritos en la modalidad de
adscripción única o en la de adscripción múltiple, según aconseje la planificación educativa, a IES que cuenten con sección lingüística en lengua francesa o
alemana.
2.3. En aquellos municipios que cuentan con un solo IES, todos los colegios públicos
de dicho municipio podrán estar adscritos a dicho instituto en la modalidad de
adscripción única con el fin de facilitar la continuidad educativa en el mismo municipio de los alumnos escolarizados en sexto curso de Educación Primaria y de
los alumnos escolarizados en quinto curso de Educación Primaria a los que se
apliquen medidas de flexibilización.
2.4. Los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria que están autorizados
para impartir Educación Secundaria Obligatoria, así como aquellos IES que no
imparten enseñanzas de Bachillerato podrán estar adscritos para cursar Bachillerato a IES según la modalidad preferente o la modalidad múltiple teniendo en
cuenta la planificación de la oferta educativa y los derechos de los alumnos escolarizados en los centros a los que sean adscritos. Los centros que cuenten con
adscripción preferente a un instituto comunicarán a dicho instituto (26 y 27 de
febrero de 2024) a través de la aplicación Raíces la información relativa a la previsión de alumnos que finalizarán Educación Secundaria Obligatoria durante el
curso 2023-2024 así como la modalidad o vía de Bachillerato solicitada por cada
uno de ellos.
2.5. Los centros privados sostenidos con fondos públicos autorizados para impartir
Educación Primaria, pero que no cuenten con Educación Secundaria Obligatoria, previa solicitud a la DAT correspondiente, podrán estar adscritos a otros centros para cursar la Educación Secundaria Obligatoria según la modalidad preferente o la modalidad múltiple teniendo en cuenta la planificación de la oferta
educativa y los derechos de los alumnos escolarizados en los centros a los que
sean adscritos. Los centros que cuenten con adscripción preferente a otro centro
para cursar Educación Secundaria Obligatoria comunicarán al centro al que están adscritos (26 y 27 de febrero de 2024) a través de la aplicación Raíces la información relativa a la previsión de alumnos que finalizarán Educación Primaria durante el curso 2023-2024.
2.6. Se comprobará que aquellos centros que deban estar adscritos a otros centros en
la modalidad de adscripción múltiple estén adscritos, al menos, a dos centros.
2.7. Se revisará y comprobará que todas las adscripciones se produzcan entre centros
y entre enseñanzas sostenidas con fondos públicos.
2.8. Se recordará a todos los centros adscritos a otros a nivel superior que es imprescindible tener a todo su alumnado grabado en la aplicación Raíces ya que de lo
contrario no será posible que dicha adscripción surta efecto.
3. Las DAT informarán a los centros sostenidos con fondos públicos ubicados en su
ámbito de gestión acerca del proceso de revisión de las adscripciones y el plazo para la realización de propuestas de actualización de las mismas. En el caso de los centros públicos,
las DAT revisarán de oficio las adscripciones existentes e introducirán las modificaciones

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