A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20231229-2)
Ley –  Ley 16/2023, de 27 de diciembre, de medidas para la simplificación y mejora de la eficacia de instituciones y organismos de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 309

d) Secretaría: La persona que designe el Consejo de Administración a propuesta de
su Presidente, que asistirá a las reuniones con voz, pero sin voto”.
Tres. Se modifican los apartados 1 y 3 del artículo 41. Tres de la 11/2022, de 21 de
diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid, que quedan redactados de la siguiente manera:
“1. La Agencia actuará en el ámbito de la contratación de las compras, suministros,
bienes, obras y servicios del Servicio Madrileño de Salud, u organismo para la gestión de
la asistencia sanitaria que le sustituya, incluidos los declarados de gestión centralizada, con
las excepciones y en la forma que reglamentariamente se determine”.
“3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, la Agencia ejercerá sus funciones respecto del Servicio Madrileño de Salud, u organismo para la gestión de la asistencia sanitaria que le sustituya, y de los centros y demás entes adscritos o dependientes del
mismo, en la forma que reglamentariamente se establezca”.
Cuatro. Se modifica el apartado 2 c) del artículo 41. Cinco de la Ley 11/2022, de 21
de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid, que queda redactado de la
siguiente manera:
“c) La tramitación, incluyendo la adjudicación, pago, control y seguimiento, en los
procedimientos para la contratación de suministros, bienes, obras y servicios
competencia del Servicio Madrileño de Salud, incluidos los declarados de gestión centralizada, con las excepciones que reglamentariamente se determinen. En
los mismos términos, le corresponde la tramitación de los procedimientos de contratación que sean necesarios para el funcionamiento de la propia Agencia”.
Cinco. Se modifica el apartado 2 a) 5.o del artículo 41. Quince de la Ley 11/2022, de 21
de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid, que queda redactado de la
siguiente manera:
“5.o Autorizar los gastos y ordenar los pagos que corresponda a la Agencia”.
Seis. Se modifica la Disposición transitoria séptima de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid, que queda redactado de la siguiente manera:
“Disposición transitoria séptima. Inicio de la actividad de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
El inicio de la actividad de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid tendrá lugar en el momento en el que cuente con los medios humanos y materiales
necesarios para el adecuado cumplimiento de sus fines y funciones, y así se determine por
acuerdo de su Consejo de Administración. En ese momento se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la Central de Compras del Servicio Madrileño de Salud pendientes
de ejecución, hasta su total extinción, así como los contratos de compras, suministros, bienes, obras y servicios, de la misma entidad y de los centros y demás entes adscritos o dependientes del mismo, cuya tramitación corresponda a la Agencia”.
Artículo diez

Uno. Se introduce un apartado 4 en el artículo 28 de la Ley 5/2023, de 22 de marzo,
de creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de
Madrid, con la siguiente redacción:
“4. El asesoramiento jurídico y la representación y defensa ante toda clase de Juzgados y Tribunales, de los intereses propios de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112, así como de su personal, corresponderán a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid en los términos previstos en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid y en el resto de normativa aplicable en la materia”.

BOCM-20231229-2

Modificación de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de creación del Sistema Integrado
de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid