A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20231229-1)
Ley –  Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 309

máximo de nuevas unidades a concertar en centros privados sostenidos con fondos públicos durante el ejercicio 2024, a cupos de efectivos o contrataciones de otro profesorado no
universitario. Además, se recogen normas relativas a los módulos económicos para la financiación de centros docentes privados sostenidos con fondos públicos.
El Capítulo III “Universidades Públicas” regula el régimen presupuestario de las universidades públicas de la Comunidad de Madrid y la liquidación de las transferencias a sus
presupuestos.
Por su parte, el Capítulo IV regula determinadas especialidades del régimen de gestión
económica y presupuestaria del Servicio Madrileño de Salud y las particularidades en la tramitación de las modificaciones presupuestarias que afecten a sus créditos, además se introduce un nuevo artículo para regular la vinculación de su capítulo 1, todo ello con la finalidad de agilizar la gestión en el Servicio Madrileño de Salud.
Se introduce un nuevo Capítulo V “Régimen de gestión económica y presupuestaria
de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112”, pretende que la gestión económica y financiera en la nueva Agencia, ente con presupuesto limitativo como el SERMAS, se
realice con la agilidad que requieren las materias de su competencia.
Lo mismo se pretende con el nuevo Capítulo VI relativo a la gestión económico presupuestaria de determinados créditos destinados a actuaciones supramunicipales del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid.
En el Capítulo VII “Otras normas de gestión presupuestaria” se establecen normas específicas referidas a la posibilidad del Gobierno de aprobar planes y programas de actuación, las especialidades en el ejercicio de la función interventora o a las cuantías de la prestación de la Renta Mínima de Inserción. Además, se recogen normas relativas a la gestión
de las subvenciones financiadas por la Administración General del Estado y gestionadas
por la Comunidad de Madrid, el procedimiento de determinación de la cuantía adicional en
las convocatorias de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y la regulación
de las subvenciones nominativas.
En el Título V, “Disposiciones sobre el Sector Público de la Comunidad de Madrid”,
se regulan cuestiones generales sobre reordenación del sector público y otras, relativas a las
relaciones entre los distintos sujetos del citado sector público y de diversas fórmulas de control parlamentario.
Finalmente, en el Título VI, “De las tasas”, se establece el mantenimiento de la cuantía de las tasas de la Comunidad de Madrid y su no incremento durante el ejercicio 2023.
En la parte final de la ley, las disposiciones adicionales completan el marco jurídico
presupuestario recogiendo preceptos de índole muy variada. En primer lugar, se establece
el informe preceptivo por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de las disposiciones normativas o convenios cuya aprobación y aplicación pudiera suponer un incremento del gasto público o disminución de los ingresos de la Comunidad de Madrid, respecto del
autorizado y previsto en la ley, o que puedan comprometer fondos de ejercicios futuros.
Asimismo, se regulan cuestiones relativas a los recursos humanos de la Comunidad de
Madrid, entre otras las que se refieren al personal transferido o a la contratación de personal en empresas públicas, fundaciones del sector público y de los consorcios adscritos a la
Comunidad.
Se establecen, además, obligaciones de suministro de información a la Asamblea de
Madrid en relación a transferencias a las corporaciones locales o a los créditos para cumplimiento de sentencias.
En las disposiciones finales destaca la modificación de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, en lo referente a determinados procedimientos regulados en el Capítulo V del Título IV de dicha norma, relativos a la gestión de los fondos vinculados al Instrumento de Recuperación de la Unión
Europea, con el fin de mejorar algunos aspectos concretos introducidos en 2022, a la vista
de la experiencia de la aplicación de los mismos en dicho ejercicio.
Se modifica también el texto refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad
de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, en relación a los beneficios fiscales derivados de la equiparación de los miembros de las uniones de hecho a los cónyuges, a las uniones de hecho inscritas en otros registros análogos al registro autonómico existentes en otras Administraciones
públicas, dentro o fuera del ámbito español.
Por último, se habilita al Consejo de Gobierno para que dicte las normas precisas para
el desarrollo y ejecución de la ley y establece su entrada en vigor.

BOCM-20231229-1

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