A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20231229-1)
Ley –  Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024
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BOCM

VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 309

miso de contratación para la atención de víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual.
Se continuará invirtiendo en la promoción de excelencia empresarial a través de
Madrid Excelente, y en la atracción de inversiones. Se impulsará la actividad de las pymes
madrileñas en el exterior a través de la Ventanilla única de Internacionalización y el programa de Técnicos de Comercio Exterior. Todo ello sin abandonar el estudio del entorno
económico regional, la defensa de la competencia, la unidad de mercado y la lucha contra
la híper-regulación.
En materia estadística, continuará la inversión en la elaboración y automatización de
los procesos para ponerlos a disposición de los administrados y se facilitará la toma de decisiones.
En materia industrial la actividad de 2024 se centrará en el seguimiento de la implantación del Plan Industrial de la Comunidad de Madrid, la tramitación de expedientes de instalaciones industriales y de seguridad sin dejar de lado las actividades de inspección y control del cumplimiento de la normativa sobre establecimientos industriales, mineros y
productos de uso público. Se pondrán en marcha diversas campañas y jornadas de información en materia industrial y minera y se fomentará el acceso al mercado de trabajo de profesionales e instaladores mediante convocatorias oficiales de exámenes, expedición de carnés, y certificados de cualificación profesional. Se mantendrán las ayudas para pymes
industriales de la región dirigidas a apoyar proyectos destinados a su digitalización, mejorando así modelos de negocio, de mejora en las áreas industriales que permitirá modernizar
y rehabilitar sus infraestructuras, y, como novedad, que subvencionen la adquisición de medios productivos.
En el año 2024, se continuará impulsando la modernización, innovación, promoción y
dinamización del sector comercial y de servicios, artesano y ferial, con el objetivo de mejorar la competitividad de las pymes, la incorporación de las nuevas tecnologías en sus procesos de negocio, el relevo generacional y la profesionalización del sector. En particular, se
convocarán ayudas para los pequeños negocios, teniendo como novedad el apoyo a las
pymes del sector servicios reforzándose el apoyo específico a los comercios tradicionales
de larga trayectoria, al comercio ambulante y al sector artesano. Se continuará colaborando con ayuntamientos y asociaciones de comerciantes en acciones para dinamizar el sector,
incrementar las ventas del pequeño comercio y avanzar en la mejora de su competitividad
mediante acciones de asesoramiento y consultoría. Se impulsará, así mismo, la información
y la formación de los consumidores, la mejora de los procedimientos de reclamaciones, el
control e inspección del mercado y, a través del Instituto Regional de Arbitraje de Consumo, se continuará impulsando la resolución extrajudicial de conflictos entre consumidores
y empresas.
En materia laboral se seguirá trabajando en la simplificación y agilización de procedimientos, autorizaciones, permisos y registros y se impulsará la actividad conciliadora del
SMAC extendiendo la digitalización a todos los servicios mejorando la calidad de la atención. Se continuará apoyando la actividad de mediación y arbitraje en conflictos colectivos
laborales entre trabajadores y empresa de la Fundación Instituto Regional de Mediación y
Arbitraje de la Comunidad de Madrid, F.S.P, complementando las funciones de conciliación que desarrolla el SMAC. En materia de prevención de riesgos laborales se mantendrá
la colaboración con los agentes sociales, empresas y trabajadores y se incorporará, como
entidades colaboradoras, a los centros educativos y las administraciones locales potenciando la formación y la divulgación del conocimiento especializado y de la cultura preventiva,
y la investigación, vigilancia y control de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
III
La Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024 está integrada por seis títulos, de los cuales se reseñan a continuación los aspectos más destacados.
El Título I, “De la aprobación de los presupuestos y de sus modificaciones”, constituye la parte principal de lo que se ha venido en denominar como contenido esencial de las
leyes de presupuestos, puesto que en el Capítulo I se incluye la totalidad de los gastos e ingresos que conforman los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. Se integran
en el presupuesto general los presupuestos de las instituciones y de la Administración de la
Comunidad, de sus organismos autónomos, de sus empresas y entes públicos, a los que se
refieren los artículos 5 y 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacien-

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