Madrid (BOCM-20231228-43)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Precios públicos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 308
d. Una sesión de actividad deportiva dirigida de carácter abierto de las modalidades, grupos y horarios que determine cada centro deportivo en
función del aforo puntual. Para este tipo de prestación de servicio se
aplicará una reducción del 40% sobre la tarifa general.
— Los días, horas y aforo disponibles para los servicios serán fijados por el
centro deportivo municipal.
— La reducción contemplada en este precio en el cuadro recogido en el
apartado 3 anterior para la categoría de persona con discapacidad solo incluirá los servicios de piscina cubierta y musculación, y requerirá, para
su aplicación, que el beneficiario esté en posesión del carné de deporte
especial expedido por el Ayuntamiento de Madrid. Dicha reducción se
aplicará, igualmente, a los acompañantes de las personas con discapacidad, en los casos en que se valore la necesidad de ayuda obligatoria en la
norma correspondiente.
— La reducción contemplada en este precio en el cuadro recogido en el
apartado 3 anterior para las personas en situación de desempleo se aplicará para los servicios prestados de lunes a viernes no festivos hasta
las 14:00 horas y será compatible con la reducción por categoría de edad.
— El acceso al servicio de piscina cubierta de los menores de 5 años tendrá
carácter gratuito.
— A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 de este acuerdo.
Los menores de 14 años no podrán acceder al servicio de piscina cubierta si no
van acompañados por un mayor de 18 años en posesión de título acreditativo válido de acceso al servicio de piscina”.
Once. En el apartado 4. Disposiciones particulares para la aplicación de los precios,
se modifica la tarifa 28) Bono de piscina de verano (10 sesiones), que queda redactada en
los siguientes términos:
“28) Bono de piscina de verano (10 sesiones).
— El pago de esta tarifa da derecho a 10 usos indistintos del servicio de piscina
de verano en los tiempos y modos establecidos para el mismo en la tarifa 23.
— El bono será válido para un año desde su fecha de adquisición”.
Doce. En el apartado 4. Disposiciones particulares para la aplicación de los precios,
se modifican las letras c), d) y f) del primer párrafo de la tarifa 32) Cuota mensual Abono
Deporte Madrid Total, que quedan redactadas en los siguientes términos:
“c. Los servicios de pistas de tenis, pádel, frontón y pickleball en horario de mañana
hasta las 15:00 horas de lunes a viernes no festivos durante los meses de septiembre a mayo. En caso necesario, se deberán abonar los suplementos establecidos en
la tarifa 10. Para el acceso será necesario que al menos la mitad de los jugadores
acredite estar en posesión del Abono Deporte Madrid en cualquiera de sus modalidades”.
“d. La reducción del 25% en los servicios de pistas de tenis, pádel, frontón y pickleball en el resto de días y horas. En caso necesario se deberán abonar los suplementos establecidos en la tarifa 10. Para el acceso será necesario que al menos la mitad de los jugadores acredite estar en posesión del Abono Deporte Madrid en
cualquiera de sus modalidades”.
“f. Asistir a las clases dirigidas y plazas que se programen específicamente para estos
abonados, no siendo necesaria la inscripción a estas clases y plazas por ser de asistencia abierta, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de 26 de abril
de 2023 de la titular del Área Delegada de Deporte, por el que se establecen los
criterios generales de programación de los servicios dirigidos de los centros deportivos municipales”.
Trece. En el apartado 4. Disposiciones particulares para la aplicación de los precios,
se modifica el primer párrafo de la tarifa 34) Cuota mensual Abono Deporte Madrid Sala
Multitrabajo y Pistas de Atletismo, que queda redactado en los siguientes términos:
“Se aplica a los titulares del Abono Deporte Madrid Sala Multitrabajo y Pistas de Atletismo y da derecho al servicio de musculación en los mismos términos establecidos en la tarifa 22 y al servicio de pista de atletismo en los mismos términos establecidos en la tarifa 27”.
BOCM-20231228-43
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 308
d. Una sesión de actividad deportiva dirigida de carácter abierto de las modalidades, grupos y horarios que determine cada centro deportivo en
función del aforo puntual. Para este tipo de prestación de servicio se
aplicará una reducción del 40% sobre la tarifa general.
— Los días, horas y aforo disponibles para los servicios serán fijados por el
centro deportivo municipal.
— La reducción contemplada en este precio en el cuadro recogido en el
apartado 3 anterior para la categoría de persona con discapacidad solo incluirá los servicios de piscina cubierta y musculación, y requerirá, para
su aplicación, que el beneficiario esté en posesión del carné de deporte
especial expedido por el Ayuntamiento de Madrid. Dicha reducción se
aplicará, igualmente, a los acompañantes de las personas con discapacidad, en los casos en que se valore la necesidad de ayuda obligatoria en la
norma correspondiente.
— La reducción contemplada en este precio en el cuadro recogido en el
apartado 3 anterior para las personas en situación de desempleo se aplicará para los servicios prestados de lunes a viernes no festivos hasta
las 14:00 horas y será compatible con la reducción por categoría de edad.
— El acceso al servicio de piscina cubierta de los menores de 5 años tendrá
carácter gratuito.
— A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el apartado 6 de este acuerdo.
Los menores de 14 años no podrán acceder al servicio de piscina cubierta si no
van acompañados por un mayor de 18 años en posesión de título acreditativo válido de acceso al servicio de piscina”.
Once. En el apartado 4. Disposiciones particulares para la aplicación de los precios,
se modifica la tarifa 28) Bono de piscina de verano (10 sesiones), que queda redactada en
los siguientes términos:
“28) Bono de piscina de verano (10 sesiones).
— El pago de esta tarifa da derecho a 10 usos indistintos del servicio de piscina
de verano en los tiempos y modos establecidos para el mismo en la tarifa 23.
— El bono será válido para un año desde su fecha de adquisición”.
Doce. En el apartado 4. Disposiciones particulares para la aplicación de los precios,
se modifican las letras c), d) y f) del primer párrafo de la tarifa 32) Cuota mensual Abono
Deporte Madrid Total, que quedan redactadas en los siguientes términos:
“c. Los servicios de pistas de tenis, pádel, frontón y pickleball en horario de mañana
hasta las 15:00 horas de lunes a viernes no festivos durante los meses de septiembre a mayo. En caso necesario, se deberán abonar los suplementos establecidos en
la tarifa 10. Para el acceso será necesario que al menos la mitad de los jugadores
acredite estar en posesión del Abono Deporte Madrid en cualquiera de sus modalidades”.
“d. La reducción del 25% en los servicios de pistas de tenis, pádel, frontón y pickleball en el resto de días y horas. En caso necesario se deberán abonar los suplementos establecidos en la tarifa 10. Para el acceso será necesario que al menos la mitad de los jugadores acredite estar en posesión del Abono Deporte Madrid en
cualquiera de sus modalidades”.
“f. Asistir a las clases dirigidas y plazas que se programen específicamente para estos
abonados, no siendo necesaria la inscripción a estas clases y plazas por ser de asistencia abierta, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de 26 de abril
de 2023 de la titular del Área Delegada de Deporte, por el que se establecen los
criterios generales de programación de los servicios dirigidos de los centros deportivos municipales”.
Trece. En el apartado 4. Disposiciones particulares para la aplicación de los precios,
se modifica el primer párrafo de la tarifa 34) Cuota mensual Abono Deporte Madrid Sala
Multitrabajo y Pistas de Atletismo, que queda redactado en los siguientes términos:
“Se aplica a los titulares del Abono Deporte Madrid Sala Multitrabajo y Pistas de Atletismo y da derecho al servicio de musculación en los mismos términos establecidos en la tarifa 22 y al servicio de pista de atletismo en los mismos términos establecidos en la tarifa 27”.
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