Madrid (BOCM-20231228-48)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza fiscal servicios urbanísticos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 260

JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 308

Euros
De más de 1.000 hasta 2.000 kva ..................................................................................... 609,35
Por el exceso de 2.000 kvas, se incrementará la tarifa anterior, por cada 50 kva.
o fracción en exceso .........................................................................................................

18,27

En todos los casos anteriores, cuando de la primera comprobación realizada resulte la necesidad de subsanar deficiencias o disconformidades, para la segunda y, en su caso, sucesivas
comprobaciones se incrementará la cantidad ya satisfecha en un 10%.
Artículo 21. Tramitación de otros actos de control.
Por los actos de control que, a continuación, se enumeran, se satisfará la tarifa que corresponda:
1. Tramitación de actos de comprobación de la ejecución de obras y del ejercicio de actividades de
acuerdo con la licencia u otro acto previo de control. Primera ocupación y funcionamiento:
Euros
a) Obras:
2

1º. Hasta 500 m de superficie .......................................................................................

264,38

2º. Cuando la superficie afectada exceda de los primeros 500 m2, sin exceder de
20.500 m2 se incrementará la cuota anterior, por cada 100 m2 o fracción de exceso
en ...................................................................................................................................

63,30

2

3º. Cuando la superficie afectada exceda de 20.500 m , se incrementará la cuota
resultante de los dos puntos precedentes, por cada 100 m2 o fracción de exceso en

31,62

4º. Por cada uno de los actos de comprobación de los estados de replanteo, estructura a nivel de calle y terminación de la estructura, efectuados por la Administración
municipal, en obras de nueva edificación y reestructuración total, la cuota tributaria
será el resultado de incrementar las tarifas anteriores en un 10%.
b) Instalación de actividades.
2

1º. Hasta 50 m ...............................................................................................................
2

2

2º. Cuando la superficie afectada exceda de 50 m sin exceder de 100 m ....................
2

2

3º. Cuando la superficie afectada exceda de 100 m sin exceder de 250 m .................

161,94
255,82
359,96

2

4º. Cuando la superficie afectada exceda de los primeros 250 m , sin exceder de
2
2
5.000 m , se incrementará la cuota anterior, por cada 100 m , o fracción de exceso
en ...................................................................................................................................

28,27

2

5º. Cuando la superficie afectada exceda de 5.000 m , se incrementará la cuota
2
resultante de los dos apartados precedentes, por cada 100 m , o fracción de exceso
en ...................................................................................................................................

15,81

En todos los casos anteriores, cuando de la primera comprobación realizada resulte
la necesidad de subsanar deficiencias o disconformidades, por cada acto de comprobación posterior se incrementará la cuota inicial en un 10%.
2. Tramitación de otros actos de control:
Euros
a) Órdenes de ejecución por incumplimiento del deber de conservación:

2º. Órdenes de ejecución relativas a otras deficiencias no estructurales ........................

349,64

b) Control de calidad ......................................................................................................

344,54

BOCM-20231228-48

1º. Órdenes de ejecución relativas a deficiencias estructurales...................................... 2.045,94