A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20231227-1)
Ley –  Ley 14/2023, de 20 de diciembre, por la que se crea la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 307

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

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g) Definir las líneas generales de carácter estratégico que garantice la coordinación,
la cooperación y el intercambio de información sobre ciberincidentes e inteligencia de ciberamenazas entre el sector público, el sector privado y los organismos
nacionales competentes, fomentando la prevención y la alerta temprana.
h) Aprobar las actividades de difusión, formación y concienciación en materia de ciberseguridad.
i) Aprobar el informe anual de evaluación de la Estrategia de ciberseguridad de la
Comunidad de Madrid, donde figurará el grado de ejecución y cumplimiento de
sus objetivos.
j) Promover e impulsar las ayudas que fomenten e impulsen el desarrollo e implantación de la ciberseguridad en las empresas y pymes madrileñas. Esta función podrá
ser delegada en el consejero delegado de la Agencia.
k) Aprobar el anteproyecto de presupuesto de la Agencia, que se integrará en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
l) Aprobar la estructura y el organigrama de la Agencia hasta el siguiente nivel organizativo al del consejero delegado, a propuesta de éste, y previo informe favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda.
5. Los miembros del Consejo de Administración de la Agencia no tienen derecho a percibir indemnización, dieta o compensación alguna por asistir a las reuniones de este órgano.
Artículo 7
1. El consejero delegado será nombrado y, en su caso, cesado mediante decreto del
Gobierno de la Comunidad de Madrid, a iniciativa y propuesta del presidente del Consejo
de Administración de la Agencia.
El consejero delegado deberá ser un profesional de reconocido prestigio en el ámbito
de la ciberseguridad.
2. El consejero delegado de la Agencia es el máximo órgano directivo de ésta y le
corresponde, sin perjuicio de las competencias del Consejo de Administración, la dirección
ordinaria de la Agencia, la adopción de las medidas necesarias para la ejecución de las decisiones del Consejo de Administración; y, en particular:
a) Formular y elevar al Consejo de Administración el Plan Estratégico de la Agencia.
b) Potenciar y apoyar las actividades de prevención, detección y respuesta del
CSIRT, así como la coordinación con la red de CSIRT.
c) Formular y elevar al Consejo de Administración el Plan de difusión, formación y
concienciación en materia de ciberseguridad.
d) Elaborar el informe anual de evaluación de la estrategia global de seguridad de la
información de la Comunidad de Madrid, donde figurará el grado de ejecución y
cumplimiento de sus objetivos.
e) Elaborar el Libro Blanco de la ciberseguridad que ofrezca buenas propuestas de
acción y buenas prácticas sobre su gestión y ofrezca confianza a todos los actores
políticos, económicos y sociales del ecosistema digital madrileño en sus relaciones con la Comunidad de Madrid.
f) Proponer líneas de colaboración en el ámbito de la ciberseguridad con los entes locales de Madrid.
g) Formular y elevar al Consejo de Administración la propuesta de memoria anual de
actividad correspondiente al año inmediatamente anterior, en la cual se informará
también sobre el seguimiento del plan plurianual de actuación.
h) Participar en los foros nacionales e internacionales en materia de ciberseguridad.
i) Formular y elevar al Consejo de Administración el borrador del anteproyecto de
presupuestos anual de la Agencia.
j) Actuar como órgano de contratación de la Agencia y celebrar, en su nombre, los
contratos y encargos de ejecución relativos a los asuntos propios de la misma.
k) Autorizar los gastos, efectuar las disposiciones, contraer obligaciones y ordenar
pagos, conforme a la normativa aplicable y salvo en los casos reservados por ley
a la competencia del Consejo de Gobierno o de la consejería a que se halle adscrita la Agencia.
l) Ejercer las competencias en materia de gestión del personal adscrito a la Agencia,
excepto de aquellas competencias que correspondan a la consejería competente en
materia de gestión de recursos humanos.

BOCM-20231227-1

El consejero delegado de la Agencia