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Convenio –  Convenio de colaboración de 26 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la mejora del servicio de ayuda a domicilio para la atención a las personas en situación de dependencia del municipio de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 307

hitos fijados en el Anexo III del presente Convenio, para su ejecución anterior al 31 de diciembre de 2023. Esta fecha será, por tanto, la fecha límite del gasto imputable, a efectos
de justificación conforme a la cláusula octava del presente Convenio.
2. El Ayuntamiento de Madrid, obtendrá los ingresos procedentes de la colaboración
económica de las personas usuarias en la financiación de los servicios del catálogo de dependencia. A tal fin, se aplicarán los criterios que sean aprobados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia o, en su aplicación por la Comunidad de Madrid. No
obstante, en defecto de dicha normativa regirá la normativa municipal a respecto.
El Ayuntamiento de Madrid financiará la diferencia existente entre el coste asociado a
la consecución de los incrementos comprometidos en el volumen de las personas usuarias
atendidas y la aportación económica comprometida por la Comunidad de Madrid.
3. El Ayuntamiento de Madrid, para el cumplimiento del presente Convenio, aportará los recursos personales y materiales necesarios para la prestación de los servicios que
constituyen el objeto del mismo con la máxima calidad. Estos recursos se concretan en:
— El equipamiento de la atención social primaria del municipio, integrado por 40
Centros de Servicios Sociales, en los que se lleva a cabo la atención directa al ciudadano y se gestionan, entre otros, los Servicios de SAD a personas con situación
de dependencia reconocida.
— La plantilla de personal de la atención social primaria, con más de 600 trabajadores sociales, más el correspondiente personal administrativo, que llevan a cabo la
atención social de las personas en situación de dependencia, proporcionándoles la
información y orientación iniciales, así como el seguimiento en relación a los
Servicios de Ayuda a Domicilio. Este personal en ningún caso tendrá vinculación
jurídico-laboral con la Comunidad de Madrid.
Séptima
Pago
La aportación extraordinaria y única de la Comunidad de Madrid prevista en este Convenio se imputará al Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales para el año 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 46309/Programa 231 I,
de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia, previa certificación de
conformidad del Centro directivo arriba mencionado.
La aportación económica se hará en el ejercicio 2023, y será abonada al Ayuntamiento de Madrid tras la firma del presente Convenio.
Octava
A 31 de diciembre de 2023, se verificará el cumplimiento de los objetivos marcados
en el Anexo III del presente convenio en cuanto al número de personas usuarias que reciben el Servicio de Ayuda a Domicilio. Para ello, se procederá a la comprobación de los datos que figuren en el sistema de dependencia (SIDMA WEB EELL) en cuanto a las personas usuarias atendidas, para lo cual es indispensable que el Ayuntamiento de Madrid,
mantenga actualizados en todo momento los datos que figuran en el sistema.
Además, como medio para contrastar esta información, también antes del 15 de marzo de 2024, el Ayuntamiento de Madrid deberá aportar los siguientes documentos:
— Certificación de la Intervención General del Ayuntamiento, en la que consten los
gastos realizados y las cantidades efectivamente pagadas.
— Para los servicios del Catálogo de Dependencia, se deberá justificar exclusivamente el gasto realizado referido a personas que cuenten con los Servicios de Ayuda a Domicilio reconocidos en el correspondiente Programa Individual de Atención, y financiados con cargo al presente convenio y los datos a suministrar serán,
al menos, los que se relacionan en el Anexo l.
— Certificación en la que conste, de un lado, que la ejecución del presente Convenio
es igual o superior a la suma de los hitos de aumento de servicios comprometidos
y de otro lado, que el Ayuntamiento sigue prestando adicionalmente servicios a un
número igual o superior al que dio lugar a la firma de los vigentes Convenios con
el Ayuntamiento de Madrid, suscritos el 29 de diciembre de 2020 y el 16 de diciembre de 2021. En este certificado, deberán constar el número de las personas

BOCM-20231227-46

Justificación de resultados esperados y justificación de gastos