C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231227-21)
Bases subvenciones –  Orden 3898/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención integral a mujeres en situación de vulnerabilidad, cofinanciadas al 40 % por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, y se realiza la convocatoria para 2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 307

Cuarto
Contenido de los proyectos
1. Los proyectos dirigidos a mujeres en situación de vulnerabilidad orientados a la
inserción social, previstos en la letra a) del apartado Tercero deberán incluir, como mínimo, las siguientes actuaciones, que se consensuarán con las mujeres beneficiarias:
a) Valoración de necesidades.
b) Información y orientación.
c) Elaboración y consenso del itinerario individualizado. Deberá incluir la definición
de los objetivos a conseguir en cada una de las dos fases previstas, duración de las
mismas, contenidos a tratar y actividades a llevar a cabo. Se especificará las actividades que se vayan a desarrollar mediante tutorías individuales y las que se realicen de manera grupal.
d) Desarrollo de las actividades para trabajar la autovaloración, habilidades sociales, habilidades personales, fomento de la independencia personal y proyección personal.
e) Cobertura de las carencias que dificultan el acceso al empleo, en su caso.
f) Procedimiento de evaluación del proyecto, con especificación de los indicadores e
instrumentos a utilizar en el mismo.
2. Los proyectos dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad, previstos en el artículo 3.b), deberán incluir:
a) Valoración de necesidades.
b) Información y orientación.
c) Cobertura de necesidades básicas como aseo, alojamiento y comedor.
d) Mantenimiento de recursos destinados a proporcionar alojamiento temporal.
e) Desarrollo de actividades de apoyo y acompañamiento para el trabajo de las habilidades personales y sociales, en su caso.
f) Procedimiento de evaluación del proyecto, con especificación de los indicadores e
instrumentos a utilizar en el mismo.
Quinto
Los proyectos objeto de subvención deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Las personas destinatarias de estos proyectos deberán ser mujeres residentes en la
Comunidad de Madrid en situación de vulnerabilidad o especial vulnerabilidad,
conforme a lo establecido en el artículo 14.6 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como mujeres de colectivos de los sectores de atención en el marco del artículo 7.1.e) de las bases reguladoras.
b) Deberán contener, como mínimo, los objetivos, actuaciones, participantes, duración
de las actividades y ubicación de las mismas, en que se van a concretar las acciones
subvencionables. En ningún caso, podrán contemplar actuaciones generales.
c) Habrán de referirse y encuadrarse solamente en una de las acciones subvencionables previstas en el apartado Tercero.
d) Las actuaciones deberán desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad de
Madrid.
e) Los proyectos deberán incorporar la perspectiva de género, la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la innovación social, de manera transversal en
cada una de las fases del mismo.
f) En todas las actividades, deberá incorporarse el logotipo del Fondo Social
Europeo Plus, figurando junto al emblema la declaración “Cofinanciado por la
Unión Europea”.
g) Disponer de un sistema contable independiente para el proyecto o bien, un código
de contabilidad apropiado utilizado para todas las transacciones relacionadas con
el proyecto, de acuerdo con lo exigido en el artículo 74.1 del Reglamento
(UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio.
h) No incurrir en el proyecto en ningún tipo de sobrefinanciación por acumulación de
ayudas o subvenciones de carácter público o privado para ninguno de los costes
del proyecto subvencionado.

BOCM-20231227-21

Requisitos de los proyectos