C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231227-21)
Bases subvenciones –  Orden 3898/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención integral a mujeres en situación de vulnerabilidad, cofinanciadas al 40 % por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, y se realiza la convocatoria para 2024
77 páginas totales
Página
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 307

MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 99

ANEXO
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2024
Primero
Objeto de la convocatoria y finalidad de la convocatoria
1. Se convocan las subvenciones para el año 2024, en los términos establecidos en las
bases reguladoras de esta Orden, dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de
proyectos de atención a mujeres en situación de vulnerabilidad de la Comunidad de Madrid.
2. La finalidad de las subvenciones es la consecución de una igualdad plena y efectiva de las mujeres en situación de vulnerabilidad y dificultad social mediante la financiación de proyectos ejecutados por entidades sin fin de lucro que trabajen principalmente por
los derechos de las mujeres en riesgo de exclusión social o aquellas que dispongan de recursos o programas específicos dirigidos a este grupo de población.
Segundo
Imputación presupuestaria
1. El crédito total previsto para la presente convocatoria asciende a 700.000 euros de
la partida presupuestaria 48200 del Programa 232B, la resolución de la concesión queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el año 2024.
2. Este presupuesto será cofinanciado al 40 % por el programa FSE+ 2021-2027 de
la Comunidad de Madrid.
Tercero
En el marco de lo dispuesto en esta Orden, las acciones subvencionables se clasifican
en dos modalidades de intervención:
a) Proyectos dirigidos a mujeres en situación de vulnerabilidad orientados a la inserción social.
Consistirán en itinerarios individualizados que puedan comprender actuaciones de
información, acogida, orientación, asesoramiento, formación, acompañamiento,
intermediación, seguimiento y apoyo. Se estructurarán en dos fases diferenciadas:
— Fase de motivación personal para mejora de la autoestima y autonomía personal. Contendrá actividades para trabajar la autovaloración, habilidades sociales, desarrollo de la independencia personal y proyección personal que permitan romper las barreras de distinta índole que afectan a estas mujeres. Se
fomentará el ejercicio de la ciudadanía en igualdad de condiciones. La duración de esta fase será superior al 50 % de la duración de todo el itinerario.
— Fase enfocada en desarrollar habilidades y capacitación para superar las dificultades de acceso al empleo que tienen estas mujeres. Se trabajarán las competencias para el aprendizaje. Incluirá formación ocupacional y orientación
laboral. Incluirá acciones para cubrir todas las carencias que dificulten el acceso al mercado laboral de las participantes. Esta fase no superará el 50 % de
la duración de todo el itinerario.
b) Proyectos dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad orientados a
la atención de sus necesidades básicas.
Incluirán acciones de cobertura de necesidades de aseo, alojamiento o manutención También comprenderán formación en habilidades personales como comunicación, confianza y empatía. Todo ello mediante una intervención intensiva como
paso previo e indispensable para su inclusión social. En su caso, podrán contener
alguna de las actuaciones previstas en el apartado anterior.

BOCM-20231227-21

Acciones subvencionables