C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231226-13)
Bases ayudas –  Orden 1836/2023, de 14 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el programa agroambiental 2024-2028
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 306

dimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso.
En el caso de que no preste este consentimiento para la consulta y comprobación de sus datos, el interesado estará obligado con carácter general a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. Igualmente, podrán presentarse documentos durante la tramitación del expediente, a través de la opción “Aportación de Documentos”, disponible en el portal de Administración Electrónica www.comunidad.madrid
5. Si la solicitud de ayuda no reúne los requisitos exigidos, no se aporta la totalidad
de la documentación exigida o existen defectos en la documentación aportada, se requerirá
al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la notificación, subsane los defectos advertidos o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud de ayuda, previa resolución, en los términos previstos en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Artículo 10
Convocatoria
1. Las ayudas serán convocadas mediante orden de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
2. La convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID en forma de extracto, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y Ayudas Públicas, que publicará el texto íntegro de la misma en el Sistema Nacional
de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas, accesible en la siguiente dirección:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias
Artículo 11
Procedimiento de concesión
Al tratarse de subvenciones financiables con fondos europeos y no requerir valoración
comparativa las actuaciones subvencionables, el procedimiento de concesión de las ayudas será
el de concurrencia no competitiva, previsto en el artículo 62.1 del Real Decreto-Ley 36/2020,
de 30 de diciembre.
Artículo 12
Órgano instructor
El órgano instructor de los expedientes será la Dirección General de Biodiversidad y
Gestión Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Artículo 13
Presupuesto de cada programa ambiental
El presupuesto de cada programa agroambiental, con cargo a la partida presupuestaria 77306 del programa de gastos 456A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, se establecerá en la convocatoria correspondiente.
En caso de que el importe de las solicitudes con derecho al pago sea superior al crédito inicialmente aprobado, se podrá disponer de una cuantía adicional sin necesidad de nueva convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 62.3 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de
diciembre.

Resolución de las solicitudes de participación en el programa agroambiental de las ayudas
para el fomento de la agricultura compatible, con la conservación de las aves esteparias
1. La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a propuesta de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, órgano instructor del expediente, resolverá mediante orden motivada la concesión o denegación de la solicitud de participación en
el programa agroambiental destinado al fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias por el período plurianual establecido.
2. Para cada solicitud de participación en el programa agroambiental se emitirá una
orden de concesión o denegación. Las notificaciones de la resolución del procedimiento de

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