C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231226-13)
Bases ayudas –  Orden 1836/2023, de 14 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el programa agroambiental 2024-2028
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 306

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 41

Artículo 1
Objeto y finalidad
1. La presente orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras de
las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias, en el marco de la Intervención 6501.5. “Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Protección de la avifauna” del PEPAC de España para el período 2023-2027,
aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión C (2022) 6017 de 31 de agosto de 2022,
así como la convocatoria dichas ayudas para el programa agroambiental 2024-2028.
2. La finalidad principal de estas ayudas es la mejora agrícola para compatibilizar la
conservación de las poblaciones de diversas especies de aves esteparias amenazadas, en
particular avutarda común (Otis tarda), sisón común (Tetrax tetrax), aguiluchos cenizo
(Circus pygargus), pálido (C. cyaneus) y lagunero occidental (C. aeruginosus), gangas ortega (Pterocles orientalis) e ibérica (P. alchata), además de otras especies esteparias de interés comunitario, como bisbita campestre (Anthus campestris), alcaraván común (Burhinus oedicnemus), carraca europea (Coracias garrulus), cernícalo primilla (Falco naumanni)
y cogujada montesina (Galerida theklae), con la explotación agrícola de la Comunidad de
Madrid en aquellas superficies que constituyen el hábitat de estas especies.
Artículo 2
Las ayudas previstas en esta orden se regirán, además de por lo dispuesto en la misma,
por la normativa y acuerdos suscritos en la materia:
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas.
— Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.
— Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, reguladora
de la obligación de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y
frente a la Seguridad Social por los beneficiarios de subvenciones, ayudas públicas y transferencias de la Comunidad de Madrid.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
— Ley 2/1991, de 14 de febrero, para la protección y regulación de la fauna y flora
silvestres en la Comunidad de Madrid.
— Decreto 18/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Catálogo Regional de
especies amenazadas de fauna y flora silvestres y se crea la categoría de árboles
singulares.
— Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la
Política Agrícola Común y otras materias conexas.
— Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para
la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por
los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de
la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.
— Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes
estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política
agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo
Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarro-

BOCM-20231226-13

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