San Sebastián de los Reyes (BOCM-20231222-89)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023

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BOCM-20231222-89

cionamiento y como condición de eficacia, algunas de las medidas cautelares de
aseguramiento de la deuda en los términos del artículo 81 de la Ley General Tributaria.

16. Si la resolución fuese denegatoria se obrará del siguiente modo:
a) Si la solicitud fue presentada en período voluntario de ingreso, con la notificación
del acuerdo denegatorio se iniciará el plazo de ingreso regulado en el artículo 17.2
a) de esta Ordenanza. De producirse el ingreso en dicho plazo se notificará liquidación por los intereses devengados a partir del día siguiente al del vencimiento
del plazo de ingreso en período voluntario hasta la fecha del ingreso realizado durante el plazo abierto con la notificación de la denegación. En caso de no producirse el ingreso en el nuevo plazo concedido, comenzará el período ejecutivo.
b) Si la solicitud fue presentada en período ejecutivo de ingreso, se iniciara el procedimiento de apremio mediante la notificación de la providencia de apremio, de no
haberse iniciado con anterioridad”.