D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20231222-39)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 27 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) y el Comité Madrileño de Transporte por Carretera, con el objeto de garantizar el desarrollo de sus funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 215

En conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y beneficiario
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre la
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Comité Madrileño del Transporte instrumentando la concesión de una subvención para procurar el adecuado funcionamiento del mismo de forma que pueda desarrollar las funciones que normativamente tiene
encomendadas, y que son de especial interés para la Comunidad de Madrid.
El Comité Madrileño del Transporte por Carretera ostenta la condición de beneficiario de una subvención de concesión directa, como aportación para que pueda dotarse de un
servicio de secretaría que realice los trabajos auxiliares que resultan imprescindibles para
el cumplimiento de sus funciones, así como el asesoramiento jurídico a las asociaciones que
lo integran en materia de transporte.
Segunda
Actuaciones y gastos subvencionables
Las actuaciones a subvencionar son las derivadas de la necesidad que tiene el Comité
de contar con una secretaría para los trabajos auxiliares necesarios para el desarrollo de sus
funciones y que, además, la persona encargada de ello pueda realizar el asesoramiento jurídico que precisen las asociaciones y federaciones que lo integran. Dichos trabajos, dado
que dicha entidad no tiene personal propio, serán realizados por una persona externa que
deberá contar con la licenciatura en derecho.
Teniendo en cuenta lo anterior, serán subvencionables:
Los gastos derivados de contar con una persona que desarrolle las labores propias de
una secretaría, necesarias para el cumplimiento de las funciones del Comité, entre las que
se encuentran:
— Realización de las convocatorias de las reuniones de cada uno de los departamentos que se compone, así como las del Pleno.
— Elaboración de las actas de las sesiones que se celebren, que facilitará a la Dirección General de Transportes y Movilidad, siempre que alguno de los representantes de este centro directivo haya estado presente.
— Coordinación de las reuniones con los distintos órganos de la Administración.
— La elaboración de los preceptivos informes de acuerdo con lo previsto en el Decreto 2/2005, de 20 de enero: fijación de tarifas, planes anuales de inspección, imposición de sanciones que lleven aparejada la revocación de la autorización, así
como los de los procedimientos de elaboración de cuantas disposiciones se dicten
en materia de transporte.
— Evacuar cuantas consultas le sean realizadas por la Administración.
— En general, las funciones auxiliares que conlleva la secretaría (archivo, etc.).
Asimismo, dicha persona se ocupará del asesoramiento jurídico a las distintas asociaciones que lo componen cuando lo precisen y de la participación, en representación de las
empresas y asociaciones de transporte, en el procedimiento de elaboración de cuantas disposiciones se dicten en materia de transporte.
Tercera
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras abonará al Comité Madrileño del Transporte por carretera con la cantidad de sesenta y cuatro mil euros (64.000 euros)
que se financiará con cargo al subconcepto 48041 “Comité Madrileño Transporte por Carretera” del programa 453M “Control y Gestión del Transporte” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados para la anualidad 2023.

BOCM-20231222-39

Presupuesto y subvención nominativa