D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231222-56)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para articular la atención a personas mayores en el Centro de Día Torrejón de Ardoz
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B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023

Como mínimo se deberá disponer y utilizar los siguientes protocolos y registros:
1.1. Protocolos:
1. Acogida, información y orientación para el ingreso a usuarios y familiares (Esta
información será facilitada al usuario y a los familiares autorizados a través de medios electrónicos o soporte digital.)
2. Alimentación e hidratación.
3. Higiene y cuidado personal.
4. Eliminación e incontinencia.
5. Preparación y administración de medicación.
6. Prevención y detección de UPP.
7. Prevención de las caídas. Se contemplará de forma específica el registro y seguimiento de usuarios con alto riesgo de caídas.
8. Gestión y control de medidas de sujeción.
9. Cuidados de usuarios con sonda vesical.
10. Cuidados de usuarios con sonda nasogástrica.
11. Actuación con personas con trastornos conductuales.
12. Actuaciones a seguir ante la aparición de enfermedades de declaración obligatoria y brotes epidémicos.
13. Traslado a servicios de urgencias.
14. Detección y actuación ante situaciones de maltrato.
15. Desaparición de usuarios.
16. Manejo de residuos sanitarios.
17. De prevención detección y atención a situaciones de soledad no deseada.
18. De acogida, atención, no discriminación y prevención de la violencia por motivos de identidad o expresión de género o por razón de orientación e identidad sexual.
1.2. Registros:
1. Registro de hidratación (donde deberá quedar reflejado de manera cuantitativa, la
cantidad de líquido ingerido y el tipo de líquido)
2. Registro de alimentación oral (se debe reflejar qué tal come, si presenta episodios de
atragantamiento y cualquier otro aspecto de interés para una alimentación adecuada; así como
la cantidad administrada, la hora de administración, etc., en caso de alimentación por sonda).
3. Registro de higiene personal (aseo, afeitado, cuidado de la boca, etc.)
4. Registro de cambios de pañal y eliminación.
5. Registro de medicación administrada.
6. Registro de curas individualizado.
7. Registro de control de constantes.
8. Registros de cambio de sonda vesical, nasogástrica.
9. Registro de UPP.
10. Registro de derivaciones a centros sanitarios
11. Registro de aparición de síndromes geriátricos (deberá constar en el PIA)
12. Registro de caídas: individual y colectivo por mes.
13. Registro de sujeciones prescritas por el médico.
14. Registro de control de oxígeno.
15. Registro de usuarios que acuden a terapia ocupacional.
16. Registro de usuarios que acuden a fisioterapia.
17. Registro de entradas y salidas de los usuarios.
a) La Consejería podrá exigir en cualquier momento la implantación de nuevos protocolos o registros que considere necesarios para garantizar la calidad de la atención.
b) Los registros deberán estar accesibles a todo el personal que por su trabajo necesite acudir a ellos, ya sea para su actualización o para su consulta, atendiendo siempre a los requisitos y límites establecidos en la normativa vigente, en particular, el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales
(en adelante LOPDPGDD).
c) Estos protocolos deben incluir al menos la siguiente información:
— Definición de la situación o situaciones atender.

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BOCM-20231222-56

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