D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231222-56)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para articular la atención a personas mayores en el Centro de Día Torrejón de Ardoz
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BOCM

VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 304

Comprenderá, asimismo, la orientación y seguimiento telemático de las actividades de
cuidado personal en el domicilio, especialmente en lo relativo a la higiene personal:
a) Adaptación al ámbito domiciliario y seguimiento telemático por parte de los técnicos correspondientes de las actividades programadas de apoyo a la salud, habitación funcional y estimulación cognitiva:
— Programas de prevención y educación para la salud dirigidas a mantener y
mejorar la salud de los usuarios.
— Actividades de fisioterapia adaptadas al ámbito domiciliario.
— Actividades de terapia ocupacional adaptadas al ámbito domiciliario.
— Entrenamiento y mantenimiento de las actividades de la vida diaria.
— Entrenamiento y mantenimiento de las capacidades intelectuales.
— Formación en el uso por parte de los usuarios de tecnologías de la información
y la comunicación en el desarrollo de estas actividades.
— Seguimiento del cumplimiento de los tratamientos farmacológicos específicos prescritos y documentados en pauta médica actualizada.
b) Seguimiento telemático y adaptación al ámbito domiciliario por parte del trabajador social de las actividades programadas de atención social:
— Apoyo, información y asesoramiento social sobre otros recursos que permitan
mejorar su atención y la de la familia, con especial atención al restablecimiento de relaciones con el entorno familiar cuando se haya deteriorado.
— Información sobre actividades culturales, recreativas y de relación social.
— Coordinación con otros servicios del entorno comunitario que incidan en la
atención en el domicilio.
— Seguimiento y adaptación en el ámbito domiciliario del programa de prevención, detección y atención a situaciones de soledad no deseada.
— Seguimiento y tratamiento adaptado al ámbito domiciliario del programa de
prevención, detección y atención a situaciones de abuso o maltrato.
— Contactos telemáticos periódicos con los familiares de los usuarios para la comunicación de incidencias detectadas y fomentar su participación en el desarrollo de las actividades en el ámbito domiciliario.
6.2. El personal para atender este servicio debe ser tal que asegure la ratio mínima
de 0,09 de los profesionales de atención directa: enfermera/o, gerocultores, fisioterapeuta,
terapeuta ocupacional y trabajador/a social.
6.3. El seguimiento se realizará de manera que se garantice la atención a los usuarios
en los horarios y días de lunes a viernes no festivos tal y como se presta el servicio original, en función de la intensidad del servicio que venía recibiendo cada usuario.
6.4. El centro deberá acreditar las actividades realizadas por medio del trabajo a distancia mediante la siguiente documentación acreditativa, sin perjuicio de la facultad de la
Administración de solicitar cualquier otra para la comprobación del servicio prestado:
1. El plan individualizado de teletrabajo de cada uno de los usuarios a atender donde se refleje la atención necesaria, con expresa mención de las tareas a desarrollar por los
profesionales de atención directa y los medios utilizados.
2. La relación nominativa diaria de los usuarios a los que se ha prestado la atención
telemática, profesionales que han intervenido y tiempo dedicado por cada uno de ellos.
3. Registro diario de las atenciones prestadas y las actividades realizadas con los
usuarios y/o sus familias y las incidencias acaecidas en su caso.
D) Protocolos, registros y planes de actuación
1. Protocolos conforme al modelo de Atención Centrada en la Persona:
El centro deberá utilizar protocolos y registros normalizados en la realización de las actividades y prestación de los servicios contemplados en el anexo I y deberá garantizar la formación oportuna de los trabajadores en los protocolos y registros, que les afecten por su categoría profesional. Estos protocolos deberán orientarse, de acuerdo a las posibilidades del
centro, a un “Modelo de Atención Centrada en la Persona”. Los registros consistirán en libros
o programas informáticos que garanticen la no modificación posterior a la anotación.

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