A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20231221-3)
Reglamento Servicios Transporte Público –  Decreto 271/2023, de 20 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 303

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE DICIEMBRE DE 2023

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En ningún caso se autorizarán las transmisiones si, como resultado de las mismas, se
supera el límite máximo de concentración de licencias en un mismo titular establecido en
el artículo 10.3”.
Cuatro. Se elimina el último párrafo del artículo 20, que queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 20
Formas de disposición de los vehículos
La licencia de autotaxi habrá de referirse a vehículos turismo de los que disponga el titular de aquella en virtud de alguno de los siguientes títulos:
a) Propiedad.
b) Usufructo.
c) Arrendamiento financiero o leasing.
d) Arrendamiento a largo plazo o renting”.
Cinco. En el artículo 23.1, la referencia hecha a la “ficha de características técnicas”
quedará redactada como “tarjeta de inspección técnica de vehículos”.
Seis. Se modifica el artículo 25 que queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 25
Pintura y distintivos de los vehículos
1. Todos los vehículos que presten servicios de autotaxi en la Comunidad de Madrid
serán de color blanco y llevarán de forma visible en el exterior, en la parte superior derecha
de la zona posterior de la carrocería y en las puertas delanteras, el número de la licencia municipal en negro y el escudo del ayuntamiento que haya otorgado la licencia municipal de
autotaxi. En el interior, igualmente visible, llevarán una placa con dicho número.
Los ayuntamientos, respetando lo expresado en el párrafo anterior, podrán exigir, cualquier otro distintivo que permita identificar a los vehículos que prestan el servicio de autotaxi.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, los ayuntamientos, atendiendo a la potencia fiscal y longitud de los vehículos, así como a otras características específicas de los mismos por dirigirse al transporte de un colectivo determinado, podrán autorizar
que ciertos vehículos autotaxi no sean de color blanco, e incluso excepcionar el uso de determinados distintivos, previstos en el apartado 1 para el exterior de los vehículos”.
Siete. Se modifica el artículo 29, que queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 29
1. El vehículo afecto a una licencia podrá sustituirse por otro mediante la referencia
de la licencia al nuevo vehículo cuando así lo autorice el órgano municipal competente.
Sólo se autorizará la sustitución cuando el vehículo sustituto cumpla los requisitos previstos en este capítulo y no supere la antigüedad exigida, en su caso, en la normativa estatal
para poder obtener una autorización de transporte público discrecional interurbano en automóviles de turismo o, en otro caso, no supere la antigüedad del vehículo sustituido. Dichos extremos se justificarán mediante la presentación de los documentos previstos en el
artículo 13.4.d), e) y f).
2. La desvinculación del vehículo sustituido respecto de la licencia, y la referencia
de esta al sustituto, deberán ser simultáneos y conllevará, en todo caso, el desmontaje y retirada del taxímetro del vehículo sustituido.
3. En el supuesto de accidente o avería del vehículo, el titular podrá continuar prestando servicio, durante el tiempo que dure la reparación, utilizando un vehículo de similares características al accidentado o averiado que cumpla el resto de requisitos exigidos por
el presente reglamento para poder prestar servicio, previa autorización del Ayuntamiento correspondiente, o un vehículo arrendado, conforme lo previsto en el artículo siguiente. En este
último caso, el vehículo arrendado podrá ser más antiguo que el vehículo que está en reparación, pero, en ningún caso, contar con más de 10 años de antigüedad”.

BOCM-20231221-3

Sustitución de los vehículos afectos a las licencias de autotaxi