Las Rozas de Madrid (BOCM-20231215-78)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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BOCM

VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 298

mentos salvo que, la normativa de rango superior reguladora aplicable establezca lo contrario, y en
su caso, previo consentimiento expreso de la persona interesada:
a) La copia del DNI o documento identificativo equivalente, cuando se utilicen medios electrónicos y cuando ya conste a disposición de la Administración.
b) Cualquier certificado o documento acreditativo del cumplimiento de unos requisitos que
deba ser emitido por el propio Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.
c) Cualquier documento que haya sido previamente elaborado o emitido por el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.
d) Cualquier documento que haya sido elaborado o emitido por cualquier otra Administración
Pública y cuya obtención esté disponible a través de las plataformas de intermediación de
datos del sector público.
e) Cualquier dato o documento que no sea exigido por la normativa reguladora aplicable.
f) Datos o documentos que hayan sido aportados anteriormente por la persona interesada a
cualquier Administración Pública, siempre que esta los ponga a disposición a través de
plataformas de intermediación y la persona interesada indique en qué momento y ante
que órgano administrativo presentó esos datos o documentos.
g) Cualquier documento o copia del mismo que aporte una información necesaria pero que
pueda ser incorporada como datos o metadatos a la solicitud de la persona interesada.
h) Se elimina la necesidad de aportar documentación padronal en cualquier procedimiento
instruido en el Ayuntamiento, que bastará con la mera manifestación y comprobación municipal.
Respecto a la documentación anterior, se presume la autorización para la consulta y no se hará
requerimiento de no aporte de documentación o de subsanación, salvo que conste su oposición
expresa a la reutilización o una ley especial exija su consentimiento expreso.
2. Con el mismo objetivo de reducción de cargas a la ciudadanía, el Ayuntamiento de las Rozas
de Madrid:
a) Limitará la exigencia de la iniciativa e impulso de las actuaciones por parte de las personas
interesadas a los supuestos estrictamente necesarios en los que sea legalmente exigible.
b) Dará preferencia al uso de declaraciones responsables y comunicaciones previas, así como
a las renovaciones automáticas de autorizaciones y licencias previamente otorgadas.
c) Procurará la mejora continua e innovación para el cumplimiento de los plazos y tiempos de
respuesta previstos en las normas.
d) Fomentará la realización de actuaciones administrativas automatizadas y los servicios directos.
Artículo 10. Actuación administrativa automatizada y sistemas de identificación y firma utilizables por el personal al servicio del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.
1. Los actos administrativos de la Administración municipal se podrán dictar de forma automatizada en los términos de lo establecido en la legislación de régimen jurídico del sector público. A
estos efectos, el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid a propuesta del funcionario responsable
del trámite y la validación técnica de la Oficina Digital, podrá determinar para cada supuesto y
condiciones de la utilización de los sistemas de firma electrónica siguientes:
a) Sello electrónico del órgano o entidad de Derecho público correspondiente, basado en un
certificado electrónico reconocido y cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.
b) Código seguro de verificación vinculado al órgano o entidad de Derecho público correspondiente y, si procede, a la persona firmante del documento.
2. La utilización de los sistemas de identificación y firma por el personal al servicio del Ayuntamiento de Las Rozas se regirá por lo previsto en la normativa específica del Ayuntamiento de Las
Rozas.
El personal al servicio del Ayuntamiento de Las Rozas dispondrá de certificados electrónicos de
empleados públicos emitidos por un prestador de servicios de certificación electrónica cualificado.
Los certificados electrónicos del personal al servicio del Ayuntamiento de Las Rozas podrán
emitirse con número de identificación profesional en los casos legalmente establecidos.

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