Las Rozas de Madrid (BOCM-20231215-78)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 298

VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

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Artículo 7. Evaluación de la calidad normativa.
1. En el informe jurídico previo que conste en el expediente de tramitación de disposiciones generales, con el objeto de asegurar la coordinación y la calidad de la actividad normativa del Ayuntamiento
analizará, al menos los siguientes aspectos del proyecto de norma que se pretenda tramitar:
a) La calidad técnica de la propuesta normativa.
b) La congruencia de la iniciativa con el resto de las normas municipales, normas aprobadas,
que se estén elaborando o tramitando por el Ayuntamiento.
c) La necesidad, si procede, de incluir la derogación expresa de otras normas, así como de refundir en la nueva otras existentes en el mismo ámbito.
d) El cumplimiento o congruencia de la iniciativa de los proyectos normativos con la reducción
de cargas administrativas, buena regulación y utilización preferente de medios telemáticos.
Artículo 8. Tramitación de propuestas ciudadanas en materia de simplificación administrativa
de competencia municipal.
1.- Se habilitará mediante procedimiento específico y telemático, a través de la sede electrónica
del Ayuntamiento de Las Rozas (sede.lasrozas.es).
Las propuestas ciudadanas solo podrán versar sobre simplificación administrativa normativa o
procedimental, el resto que no cumplan este objeto serán tramitadas como sugerencia y/o reclamación conforme al Reglamento aplicable.
Tienen la condición de interesados en el procedimiento aquellos que se encuentren en las situaciones previstas en la Ley 39/2015 de 1 de octubre de procedimiento administrativo común, si
bien, a efectos del presente Reglamento, pudiendo efectuar propuestas las siguientes personas
físicas o jurídicas siguientes:
A. Personas físicas:
1.- Los habitantes del término municipal que se encuentren empadronados en el municipio.
2.- Los que no estando empadronados tengan establecidas una o varias relaciones tributarias
periódicas con el Ayuntamiento.
B. Personas jurídicas:
1.- Las Entidades que tengan establecimiento permanente en el Municipio.
2.- Para la realización de propuestas, lo interesados deberán utilizar el modelo normalizado para
su tramitación, y con el suficiente detalle y concreción que permita su correcta valoración. La propuesta será valorada en el Comité de Simplificación Administrativa previsto en esta Ordenanza, de lo
que resultará una contestación motivada al proponente de la que podrá resultar el siguiente sentido:

- Propuesta de contenido insuficiente, cuando por cuestiones de forma, de concreción, identificación las medidas o similares no sea posible su valoración.

- Inviable por no ajustarse al ordenamiento.
- Viable con condiciones necesarias para su tramitación.
- Viable, por tratarse de una propuesta acorde al ordenamiento jurídico y con suficiente concreción para su tramitación y sometimiento, en su caso, al órgano competente.
3.- El resultado de las propuestas tramitadas serán publicadas en el portal de transparencia
previa anonimización de datos. El procedimiento previsto se mantendrá como canal de participación permanente y continuo durante la vigencia de la Ordenanza.

TÍTULO III
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA SIMPLIFICACIÓN

Organización general
Artículo 9. Simplificación procedimental y reducción de cargas administrativas.
1. El Ayuntamiento de Las Rozas reducirá las cargas a la ciudadanía eliminando como necesarios para la iniciación de sus procedimientos administrativos la aportación de los siguientes docu-

BOCM-20231215-78

Capítulo I