Las Rozas de Madrid (BOCM-20231215-78)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 298

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

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condiciones de tránsito y accesibilidad de la vía o las condiciones de mantenimiento del mobiliario.
Se deberá dejar también disponible el espacio que sea necesario para el correcto funcionamiento
de los servicios públicos e instalaciones, tales como:













Los hidrantes y bocas de riego.
Los registros de alcantarillado.
Las salidas de emergencia.
Las paradas de transporte público regularmente establecidas.
Los aparatos de control de tráfico.
Los centros de mando del alumbrado público.
Los centros de transformación.
Las arquetas de servicios públicos.
Los alcorques de árboles y jardineras públicas.
Los elementos de mobiliario urbano.
Otros servicios públicos.

6. Se deberán cumplir cuantas prescripciones vengan recogidas en el pertinente procedimiento
administrativo de concesión demanial, así como las normativas vigentes en cada momento que
afecten al aprovechamiento del terreno de dominio público municipal incluidos en zonas verdes,
parques y jardines; y también aquellas que regulen el desarrollo de la propia actividad.
Se modifica el artículo 37 de la Ordenanza. Acometidas y contratos de servicios
Las acometidas y los contratos de los servicios para el abastecimiento de agua saneamiento,
electricidad, gas o cualesquiera otros que requieran de boletín de instalación serán por cuenta del
titular de la ocupación y deberá celebrarse con las compañías suministradoras del servicio.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Única. Innovación y desarrollo tecnológico en Las Rozas de Madrid.
El Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid impulsará la innovación y el desarrollo tecnológico para
fomentar la transformación digital, la eficiencia energética o la sostenibilidad medioambiental, con
propuesta de interés general para el municipio, a través del desarrollo de experiencias piloto y su participación en proyectos internacionales, europeos y nacionales en colaboración con el sector privado.
Para cumplir con el citado objetivo de transformación digital, la eficiencia energética y la sostenibilidad medioambiental, el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid podrá establecer o autorizar espacios
de prueba controlados regulatorios (sandbox) dentro del término municipal en los que desarrollar proyectos piloto por personas jurídicas públicas o privadas, tanto para el mejor ejercicio de las competencias municipales como para favorecer el fomento de la actividad económica de la ciudad.
A tal fin, se deberá presentar mediante proyecto suscrito por técnico competente en el que se
describa ampliamente el proyecto piloto a desarrollar, el ámbito físico temporal delimitado, el alcance técnico-jurídico de la propuesta, el beneficio en el modelo de ciudad, participantes y propuesta de funcionamiento o regulación. En el mismo sentido, se deberá concretar el tamaño de la
muestra, si participan consumidores reales o no, los riesgos de la prueba, las garantías de la prueba, cómo se termina, la forma en la que se medirá el éxito de esta y si existe un régimen de compensación para los consumidores en caso de que formen parte de la prueba.
El Ayuntamiento podrá requerir la información técnica o económica que sea precisa para valorar el proyecto.
En la propuesta, se podrá justificar la conveniencia de condicionar la norma reglamentaria municipal que no sea reproducción leal, ni afecte a normativas urbanísticas o tributarias.
Estos proyectos antes de su consideración se declararán de interés público y serán sometidos
a información pública.

Respecto al artículo 6 y la obligatoriedad de relacionarse con el Ayuntamiento de Las Rozas
por medios electrónicos, cabe indicar:
Lo regulado en la presente Ordenanza no se aplicará a los procedimientos iniciados con anterioridad a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea el estado de tramitación en el que se
encuentren, los cuales continuarán rigiéndose por la normativa que les viniera resultando aplicable.

BOCM-20231215-78

DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA