Las Rozas de Madrid (BOCM-20231215-78)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
<< 30 << Página 30
Página 31 Pág. 31
-
31 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 568

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 298

En particular, no afectará, en ninguna de sus fases, a los procesos selectivos ni a los procedimientos de selección o provisión de puestos de trabajo cuya convocatoria ya se hubiera publicado en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el momento de inicio de su vigencia.
No obstante lo previsto en el apartado anterior, será de aplicación a las bases generales aprobadas y vigentes, así como a la gestión de los llamamientos derivados de listas de espera o de
bolsas de trabajo para la selección de personal temporal, así como cualquier otra actuación que
afecte a las mismas, que tengan lugar tras la entrada en vigor de este Decreto se ajustará a lo
dispuesto en él, sea cual sea la fecha en que se hubieran constituido dichas listas o bolsas, respecto de aquellos integrantes de las mismas que hayan expresado su preferencia por este medio
de relación con anterioridad o lo hagan en cualquier momento a partir de dicha entrada en vigor, y
siempre que concurran las condiciones técnicas y legales que lo posibiliten en cada caso.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA
El Capítulo I y Capítulo II del Título IV, referido a Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la
presente Ordenanza, en tanto en cuanto no entre en vigor la Ordenanza de tramitación de licencias
y declaración responsables en tramitación, se aplicará transitoriamente la normativa vigente, entendido las referencias a la normativa urbanística de aplicación.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
Primera. Se deroga expresamente el Título II de la Ordenanza Municipal de Actividades Publicitarias en el ámbito urbano del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid (BOCM 7 de junio de 2004
Núm. 134 Suplemento pág. 102
Segundo. Se deroga expresamente el Reglamento Uniones de Hecho (BOCM 6 Noviembre de
2012 Núm. 265).
Tercero. Se deroga expresamente el artículo 17 y 18 del Reglamento del Registro General de
Documentos del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid. (BOCAM Núm. 143 de 18 de junio de
2019 Núm. 143).
Cuarto. Quedan derogado expresamente el contenido de las disposiciones generales vigentes
que sean contrarías a la presente Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
Única. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la publicación y entrada en vigor de la
Ordenanza se producirá de la siguiente forma:
a) El acuerdo de aprobación definitiva de la presente Ordenanza se comunicará a la Administración del Estado y a la Administración de la Comunidad de Madrid.
b) Transcurrido el plazo de quince días desde la recepción de la comunicación, el acuerdo y la
Ordenanza se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
c) La Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo pone fin a
la vía administrativa, pudiéndose no obstante interponer contra el mismo recurso de reposición,
ante el Pleno de la Corporación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o interponer, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Contra la resolución del
recurso de reposición no puede interponerse de nuevo el mismo recurso, pudiendo entonces los
interesados interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente”.

Las Rozas de Madrid, a 30 de noviembre de 2023.—El vicealcalde, P. D. (Decreto
número 4.346, de 5 de octubre de 2023, de Alcaldía-Presidencia), Gustavo Rico Pérez.
(03/20.052/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20231215-78

d) Las modificaciones de Ordenanzas incluidas en los Capítulo s III, IV, V, VI, IX, X, XI, XII del
Título V, se publicarán de forma íntegra y refundida en la sede electrónica y web municipal
debidamente diligenciadas.