Majadahonda (BOCM-20231215-83)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 298

lativos a autorizaciones, concesiones, arrendamientos y al ejercicio de las acciones en defensa del patrimonio municipal, así como la cesión de inmuebles y espacios de titularidad municipal.
j) La incoación, tramitación y resolución de las reclamaciones patrimoniales dirigidas al Ayuntamiento.
k) Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las siguientes
materias y asuntos:
1. Cualesquiera Resolución dictada en los procedimientos referidos a todo tipo
de actuaciones urbanísticas, y a la tramitación de títulos jurídicos habilitantes,
sean licencias de diferente naturaleza como son las de carácter urbanístico, de
apertura, de funcionamiento, de instalación de actividades, en materia de espectáculos públicos y en actividades recreativas, declaraciones responsables
y comunicaciones. A este respecto, quedan incluidas las concesiones de licencias o autorizaciones para la ejecución de obras o instalaciones en la vía pública, así como la resolución de las licencias de tala o trasplante de árboles si
se solicitan junto a un proyecto edificatorio o con la finalidad de ejercitar un
derecho de esta naturaleza que vaya a concederse mediante licencia urbanística, así como los aspectos referidos al control ambiental de las actividades.
2. Resolución de las solicitudes de información urbanística y actos preparatorios.
3. Resoluciones dictadas en materia de control de la edificación tales como órdenes de ejecución y declaraciones de ruina.
4. La devolución de las fianzas depositadas en cualquier procedimiento referido
a actuaciones urbanísticas.
5. Dictar cualesquiera medidas en materia de disciplina urbanística dirigidas a la
restauración del orden urbanístico previamente alterado, tanto las referidas a
obras como a actividades que no estén atribuidas legalmente a otro órgano.
6. El ejercicio de la potestad sancionadora en materia urbanística.
7. Resoluciones dictadas en relación con las Entidades privadas colaboradoras
urbanísticas para el ejercicio de actividades de control.
8. Firma de las actas de recepción de obras de urbanización, de conformidad con
lo establecido en el artículo 135 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de
la Comunidad de Madrid.
9. La autorización y el control sanitario de empresas, instalaciones y servicios
funerarios regulados en la normativa autonómica vigente.
En materia de Vivienda:
a) Dirección y gestión en general de los servicios y actividades municipales relativas
a Vivienda.
b) El impulso y la ejecución de la política municipal de vivienda y las relaciones con la
empresa municipal “Patrimonio Municipal de Majadahonda, S. A.” (PAMMASA),
así como el impulso de aquellas actividades que le sean encomendadas por el
Ayuntamiento a dicha empresa pública.
c) El control y la gestión de los aspectos relativos a la Inspección Técnica de Edificios.
En materia de obras e infraestructuras:
a) Dirección, impulso e inspección de las obras municipales en general.
b) Aprobación de los proyectos de obra incluidos dentro de los importes para los contratos menores de servicios y suministros establecidos por la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
c) Aprobación del Plan de Seguridad y Salud, así como de la adjudicación o nombramiento de la dirección facultativa y del Coordinador de Seguridad y Salud de las
obras en aquellos supuestos en los que sea exigible.
d) La preparación, licitación, dirección y seguimiento de la ejecución de los contratos
vinculados a alumbrado público, eficiencia energética, vías públicas y asfaltado.
e) El establecimiento de directrices y criterios generales respecto a la aplicación de
fondos recibidos por el municipio de Majadahonda con cargo al Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid (PIR).
Séptimo.—Designar a D. Ramón Losada Díaz, concejal-delegado de Proximidad,
Mantenimiento de la Ciudad y Urbanizaciones, integrado en el Área de Desarrollo Urbano,
Vivienda, Medio Ambiente y Urbanizaciones, delegándole las facultades que corresponden
legalmente a la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se

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