Majadahonda (BOCM-20231215-83)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 298

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 581

a) Dirección y gestión de los servicios y actividades municipales relativas al Medio
Ambiente, Parques, Jardines y Limpieza Urbana, sin perjuicio de las competencias que en este último aspecto corresponden a la Concejalía-Delegada competente en materia de Mantenimiento de la Ciudad.
b) Dirección ordinaria de los servicios de limpieza urbana, recogida y gestión de residuos sólidos urbanos, prevención de la contaminación, y en general, todos aquellos recogidos en el ámbito de las funciones de la Alcaldía sobre Medio Ambiente que sean delegables.
c) Dirección e impulso de la política sobre sostenibilidad del municipio.
d) Dirección y seguimiento de los contratos de mantenimiento de las infraestructuras
y servicios municipales, como son: recogida de basura, gestión de residuos sólidos, punto limpio, limpieza urbana, Parques, jardines, zonas verdes y espacios
ajardinados.
e) Mantenimiento de los parques y jardines del municipio, así como el diseño y ejecución de los nuevos espacios verdes contemplados en los instrumentos de planificación urbanística.
f) Control y vigilancia del Monte Público municipal, especialmente en colaboración
con la Concejalía-Delegada responsable en materia de Seguridad Ciudadana y
Emergencias y con el Patronato del Monte del Pilar.
g) El desarrollo y fomento de actividades educativas medioambientales.
h) La concesión de licencias y autorizaciones de tala de árboles, en coordinación con
la Concejalía-Delegada competente en materia urbanística.
i) La captación de financiación para la cobertura económico-presupuestaria de proyectos y actuaciones sostenibles y de relevancia medioambiental tanto de origen
público (caso de fondos comunitarios europeos o de instrumentos procedentes de
la Administración General del Estado, de la Administración de la Comunidad de
Madrid o de otras entidades supramunicipales) como provenientes de entidades e
instituciones privadas, todo ello sin perjuicio de las competencias asignadas a la
Concejalía-Delegada de Urbanismo, Vivienda, Obras e Infraestructuras respecto
a los fondos recibidos por el municipio de Majadahonda con cargo al Programa de
Inversión Regional de la Comunidad de Madrid (PIR).
Noveno.—Designar a D.a Ana Camins Martínez, concejal-delegada de Desarrollo
Económico, Empleo y Comercio, integrada en el Área de Desarrollo Económico, Empleo,
Educación y Sanidad, delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se establece en el apartado decimoquinto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación además
de la dirección, supervisión y coordinación de las Concejalías-Delegadas integradas en su
Área de Gobierno Municipal:
a) Dirección y gestión en general de los servicios y actividades municipales relativos
a Formación, Empleo, Comercio y Desarrollo Económico.

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establece en el apartado decimoquinto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a
continuación bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular del citado Área:
a) Coordinación y fomento de la labor de proximidad y cercanía de la gestión municipal en el casco urbano y en las urbanizaciones del municipio.
b) El mantenimiento de edificios, instalaciones y vías públicas municipales.
c) El control y gestión de la limpieza en los edificios municipales.
d) Dirección y coordinación de los medios personales y materiales municipales destinados a obras, reformas y reparaciones.
e) La preparación, licitación, dirección y seguimiento de la ejecución de los contratos de mantenimiento de las infraestructuras urbanas existentes y disponibles en el
municipio (mobiliario urbano, señalética, saneamiento y alcantarillado, calzadas,
cementerios o servicios funerarios, entre otros).
Octavo.—Designar a D.a Laura Romero Vaquero, concejal-delegada de Medio Ambiente y Proyectos Financiables, integrada en el Área de Desarrollo Urbano, Vivienda, Medio Ambiente y Urbanizaciones, delegándole las facultades que corresponden legalmente a
la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se establece en el
apartado decimoquinto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación
bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular del citado Área: