San Fernando de Henares (BOCM-20231215-97)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones trabajo Policía Local
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 298
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023
— Realización certificada del crédito horario sindical o el relevo del servicio por actividad sindical.
— Ausencias derivadas de la participación en cursos de formación obligatoria,
— Ausencias derivadas de la asistencia a exámenes correspondientes a procesos selectivos para los ascensos en el Cuerpo de la Policía Local en el turno de promoción interna.
— Ausencias derivadas de la reducción de jornada por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave.
— Ausencia del servicio, motivada por la realización del reconocimiento médico
obligatorio, cuando el funcionario forme parte del turno de noche y le hubiere sido
asignado la mañana siguiente a un servicio (Art. 28).
Una vez implantada la RPT, el complemento específico asignado a los puestos de trabajo del turno de noche retribuirá las peculiares condiciones de nocturnidad, penosidad, peligrosidad y demás especificidades y especialidades de los puestos de trabajo que tenga que desempeñar el personal de estos turnos en determinadas Unidades. Por lo que no procederá la
asignación a los puestos ni la percepción por sus ocupantes de ningún tipo de “plus” al estar
ya valorados e incorporados al importe del Complemento Específico todos los conceptos.
Para facilitar el cambio de turno nocturno al diurno y con la finalidad de mejorar la salud laboral del trabajador, así como en su caso su conciliación y con el objetivo de reducir
la edad media del personal que trabaja de noche, el Consistorio, con carácter anual, llevará
a efecto una convocatoria de puestos de mañana y tarde para su provisión mediante el sistema de provisión normal por antigüedad.
Art. 15. Asistencia a juicios u otras citaciones y comparecencias.—El personal que
sea citado para la asistencia a juicios, diligencias previas u otro tipo de comparecencias en
juzgados y tribunales por intervenciones que hayan tenido durante el servicio o fuera de él,
cuando se haya producido por su condición de agente de la autoridad, tendrá la siguiente
compensación:
1. El tiempo indispensable cuando la citación se produzca dentro de la jornada diaria laboral, facilitando vehículo policial, siempre que sea posible, al Agente que debe acudir a dichas obligaciones.
2. Si la asistencia a Juicio se produce fuera de la jornada laboral, se compensará económicamente de la siguiente manera:
— Si la asistencia tiene lugar en Juzgados o Tribunales de la Comunidad de Madrid,
3 horas extraordinarias por cada juicio diario.
— Si la asistencia tiene lugar en Juzgados o Tribunales fuera de la Comunidad de
Madrid, 6 horas extraordinarias por cada juicio diario. En este supuesto se tendrá
derecho a las dietas e indemnizaciones establecidas con carácter general.
3. Si la asistencia a Juicio se produce fuera de la jornada laboral y se desea que sea compensado en tiempo libre, el agente percibirá lo equivalente en tiempo a 1 jornada de trabajo.
4. El personal que tenga que asistir a un procedimiento judicial y tenga servicio la
noche anterior, si los servicios mínimos lo permiten, además de percibir la remuneración
económica correspondiente, finalizarán el servicio 4 horas antes, debiéndolo notificar con
un plazo de 7 días antes de la fecha de celebración, salvo notificación posterior del procedimiento judicial.
5. En caso de comparecencia telefónica o telemática fuera de la jornada laboral, el
funcionario será compensando económicamente con 1,5 horas. En caso de que sea solicitado el disfrute en tiempo libre, el agente percibirá 4 horas.
Art. 16. Jornadas voluntarias en eventos de Relevancia para el Municipio.—1. Se
establecerá una bolsa de horas voluntarias para cubrir las necesidades de los distintos servicios y eventos que, por su idiosincrasia, así como las crecientes necesidades que en materia
de seguridad van apareciendo en nuestra sociedad, que necesitan y requieren un especial rendimiento y eventos del municipio de carácter institucional, cultural, festivo y deportivo.
2. Al solicitar la inclusión en la misma se adquirirá el compromiso de cumplimento
y dichas jornadas asignadas a cada agente pasarán a tener el carácter de irrenunciables.
3. Esta Bolsa se dividirá en dos bloques por turnos de trabajo y serán utilizadas de
forma exclusiva para:
— Cabalgata de Reyes y Carrera Popular, un (1) Mercadillo municipal y un (1) día
que será destinado por la Jefatura de Policía para cubrir eventos de este tipo.
Pág. 623
BOCM-20231215-97
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023
— Realización certificada del crédito horario sindical o el relevo del servicio por actividad sindical.
— Ausencias derivadas de la participación en cursos de formación obligatoria,
— Ausencias derivadas de la asistencia a exámenes correspondientes a procesos selectivos para los ascensos en el Cuerpo de la Policía Local en el turno de promoción interna.
— Ausencias derivadas de la reducción de jornada por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave.
— Ausencia del servicio, motivada por la realización del reconocimiento médico
obligatorio, cuando el funcionario forme parte del turno de noche y le hubiere sido
asignado la mañana siguiente a un servicio (Art. 28).
Una vez implantada la RPT, el complemento específico asignado a los puestos de trabajo del turno de noche retribuirá las peculiares condiciones de nocturnidad, penosidad, peligrosidad y demás especificidades y especialidades de los puestos de trabajo que tenga que desempeñar el personal de estos turnos en determinadas Unidades. Por lo que no procederá la
asignación a los puestos ni la percepción por sus ocupantes de ningún tipo de “plus” al estar
ya valorados e incorporados al importe del Complemento Específico todos los conceptos.
Para facilitar el cambio de turno nocturno al diurno y con la finalidad de mejorar la salud laboral del trabajador, así como en su caso su conciliación y con el objetivo de reducir
la edad media del personal que trabaja de noche, el Consistorio, con carácter anual, llevará
a efecto una convocatoria de puestos de mañana y tarde para su provisión mediante el sistema de provisión normal por antigüedad.
Art. 15. Asistencia a juicios u otras citaciones y comparecencias.—El personal que
sea citado para la asistencia a juicios, diligencias previas u otro tipo de comparecencias en
juzgados y tribunales por intervenciones que hayan tenido durante el servicio o fuera de él,
cuando se haya producido por su condición de agente de la autoridad, tendrá la siguiente
compensación:
1. El tiempo indispensable cuando la citación se produzca dentro de la jornada diaria laboral, facilitando vehículo policial, siempre que sea posible, al Agente que debe acudir a dichas obligaciones.
2. Si la asistencia a Juicio se produce fuera de la jornada laboral, se compensará económicamente de la siguiente manera:
— Si la asistencia tiene lugar en Juzgados o Tribunales de la Comunidad de Madrid,
3 horas extraordinarias por cada juicio diario.
— Si la asistencia tiene lugar en Juzgados o Tribunales fuera de la Comunidad de
Madrid, 6 horas extraordinarias por cada juicio diario. En este supuesto se tendrá
derecho a las dietas e indemnizaciones establecidas con carácter general.
3. Si la asistencia a Juicio se produce fuera de la jornada laboral y se desea que sea compensado en tiempo libre, el agente percibirá lo equivalente en tiempo a 1 jornada de trabajo.
4. El personal que tenga que asistir a un procedimiento judicial y tenga servicio la
noche anterior, si los servicios mínimos lo permiten, además de percibir la remuneración
económica correspondiente, finalizarán el servicio 4 horas antes, debiéndolo notificar con
un plazo de 7 días antes de la fecha de celebración, salvo notificación posterior del procedimiento judicial.
5. En caso de comparecencia telefónica o telemática fuera de la jornada laboral, el
funcionario será compensando económicamente con 1,5 horas. En caso de que sea solicitado el disfrute en tiempo libre, el agente percibirá 4 horas.
Art. 16. Jornadas voluntarias en eventos de Relevancia para el Municipio.—1. Se
establecerá una bolsa de horas voluntarias para cubrir las necesidades de los distintos servicios y eventos que, por su idiosincrasia, así como las crecientes necesidades que en materia
de seguridad van apareciendo en nuestra sociedad, que necesitan y requieren un especial rendimiento y eventos del municipio de carácter institucional, cultural, festivo y deportivo.
2. Al solicitar la inclusión en la misma se adquirirá el compromiso de cumplimento
y dichas jornadas asignadas a cada agente pasarán a tener el carácter de irrenunciables.
3. Esta Bolsa se dividirá en dos bloques por turnos de trabajo y serán utilizadas de
forma exclusiva para:
— Cabalgata de Reyes y Carrera Popular, un (1) Mercadillo municipal y un (1) día
que será destinado por la Jefatura de Policía para cubrir eventos de este tipo.
Pág. 623
BOCM-20231215-97
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