San Fernando de Henares (BOCM-20231215-97)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones trabajo Policía Local
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 298

VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

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narias, a excepción de las realizadas como consecuencia de la prolongación de jornada y
asistencia a juicios.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Actualización de los importes contenidos en el presente Acuerdo. Los importes contenidos en el presente Acuerdo han sido actualizados con el incremento retributivo previsto en
la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Al resto de conceptos retributivos determinados en el presente Acuerdo, se les aplicarán los incrementos que se prevean en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado que se aprueben con posterioridad
a su entrada en vigor.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA
Abono jornadas en domingos y/o festivos regulados en el Acuerdo Convenio General.
La realización de jornadas en domingo y/o festivo por el personal de la Policía Local
viene dada por la modalidad de una jornada especial que desarrolla el personal del cuerpo
y está ya contemplado en los índices correctores que se le aplican a dichas jornadas o bien
a través de retribuciones variables como gratificaciones extraordinarias, que son incompatibles con lo previsto respecto a la retribuciones de estas jornadas en el Acuerdo del personal funcionario del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
En el caso de que en el Acuerdo del personal funcionario del Ayuntamiento de San
Fernando de Henares en vigor, no estuvieran establecidas las cuantías correspondientes a
retribuir, en concepto de productividad, las jornadas de trabajo de los diferentes turnos de
los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero, estas serán las siguientes:
MAÑANA

TARDE

24 diciembre

DÍAS /TURNO

100

200

NOCHE
300

25 diciembre

300

200

100

31 diciembre

100

200

300

1 enero

300

200

100

DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA
Será de aplicación al presente Acuerdo cualquier decreto, ley o acuerdo de rango superior, sea cual fuere su finalidad, que mejore las condiciones especificadas en el presente,
incluida la normativa estatal o autonómica supletoria.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA
Las gratificaciones contempladas en el presente Acuerdo respetarán las limitaciones
indicadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y se actualizarán conforme a lo
que se establezca la misma respecto a la masa salarial de los empleados públicos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA
Las cláusulas contenidas en el presente Acuerdo que por la naturaleza de su contenido
sean aplicables al resto de personal municipal, se extenderán al mismo, en tanto no se produzca modificación del acuerdo que contradiga las mismas.

Vinculación a la totalidad.
El presente Acuerdo de Policía constituye un todo orgánico e indivisible y a todos los
efectos de su aplicación práctica será considerado global y conjuntamente, y las Partes firmantes quedan mutuamente obligadas a su íntegro y total cumplimiento. En el supuesto de
que la autoridad administrativa estimara que alguno de los puntos del acuerdo conculca la
legalidad vigente o si la jurisdicción contenciosos administrativa dejara sin efecto o impidiera la ejecución de alguna de sus disposiciones o circunstancias, o normas sobrevenidas

BOCM-20231215-97

DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA