B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “SEVERO OCHOA” (BOCM-20231215-15)
Convocatoria puesto –  Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Severo Ochoa” del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Servicio de Oftalmología en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 298

Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación como residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia para postgraduados en la especialidad de que se trate (de conformidad con la
Directiva 75/363/CE de Luxemburgo, de 16 de junio de 1975) y con título de especialista convalidado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: 10
puntos.
2.3. Facultativos que hayan obtenido el Título de la especialidad a través de cualquier otra vía distinta a lo establecido en los apartados 2.1 y 2.2: 4 puntos.
(Estos apartados son excluyentes entre sí).
3. Experiencia profesional (máximo: 53 puntos):
3.1. Actividad asistencial (máximo: 43 puntos):
3.1.1. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en
Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud como Jefe de
Servicio en la especialidad que se convoca: 15 puntos.
3.1.2. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del
Sistema Nacional de Salud como Jefe de Servicio en la especialidad
que se convoca: 12,5 puntos.
3.1.3. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en
Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud como Jefe de
Sección en la especialidad que se convoca: 10 puntos,
3.1.4. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del
Sistema Nacional de Salud como Jefe de Sección en la especialidad que
se convoca: 8.5 puntos.
3.1.5. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en
Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud en la categoría
de Médico Adjunto/FEA en la especialidad que se convoca: 7,5 puntos.
3.1.6. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del
Sistema Nacional de Salud en la categoría de Médico Adjunto/FEA en
la especialidad que se convoca: 5 puntos.
De los distintos subepígrafes “3.1.1 a 3.1.6”, solo se valorará el de
máxima puntuación entre ellos.
3.1.7. Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en la especialidad
a la que se concursa en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública:
a) Con nombramiento por concurso o por libre designación de Jefe de
Servicio o Jefe de Sección de la especialidad a la que se concursa: 0,3 puntos.
b) Como Adjunto o FEA de la especialidad a la que se concursa: 0,2
puntos.
3.1.8. Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en especialidad distinta a la que se concursa, habiendo modificado su denominación a la actual, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 22 de enero de 1985
(“Boletín Oficial del Estado”, de 20 de febrero, de la Subsecretaría de
Sanidad y Consumo): 0,05 puntos.
3.1.9. Por cada mes trabajado en servicios no jerarquizados en la especialidad
la la que se concursa en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública: 0,05 puntos.
3.1.10. Por cada mes de servicios prestados en la misma especialidad a la que
se concursa en otras instituciones públicas o privadas, con programa
acreditado de docencia por la Comisión Nacional o en centros extranjeros con programa acreditado para la docencia de postgraduados por
el departamento ministerial competente: 0,05 puntos.
3.1.11. Por cada mes de servicios prestados en otras especialidades médicas con
independencia de su modalidad de prestación de servicios de las incluidas dentro del Estatuto Jurídico de Personal Facultativo: 0,025 puntos.
3.1.12. Por cada mes de servicios prestados en cualquier otra categoría de las
incluidas en el Estatuto de Personal Sanitario no Facultativo o no Sanitario: 0,015 puntos.

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