San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20231214-82)
Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 416

JUEVES 14 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 297



Medidas y acciones formativas e informativas a los diversos colectivos del
Municipio.



Acciones orientativas y educativas en proyectos de ocio alternativo
ampliando la oferta en esta materia.



Implantación de buzones de sugerencias en los organismos dependientes
de este Ayuntamiento.

2.

Las medidas de protección de competencia municipal previstas en esta Ordenanza se
entienden sin perjuicio de los derechos, facultades y deberes que corresponden a los
propietarios de los bienes afectados y de las competencias de otras Administraciones
Públicas y de los Jueces y Tribunales de Justicia reguladas por las leyes.

3.

En aplicación de las medidas establecidas en esta Ordenanza se estará principalmente al
restablecimiento del orden cívico perturbado, a la reprensión de las conductas antisociales
y a la reparación de los daños causados.

4.

Las competencias municipales recogidas en la Ordenanza serán ejercidas por los órganos
municipales competentes que podrán exigir de oficio o a instancia de parte la solicitud de
licencias o autorizaciones, la adopción de las medidas preventivas, correctoras o
reparadoras necesarias; ordenar cuantas inspecciones estimen conveniente y aplicar el
procedimiento sancionador en caso de incumplimiento de la legislación vigente y/o de esta
Ordenanza.

Artículo 6.- Ejercicio de competencias municipales
Las competencias municipales recogidas en la Ordenanza serán ejercidas por los órganos
municipales competentes, que podrán exigir de oficio, o a instancia de parte, la solicitud de
licencias o autorizaciones; la adopción de las medidas preventivas, correctoras o reparadoras
necesarias; ordenar cuantas inspecciones estimen conveniente; y aplicar el procedimiento
sancionador, en caso de incumplimiento de la legislación vigente y/o de esta Ordenanza.
Artículo 7.- Actuaciones administrativas
Las actuaciones derivadas de la aplicación de la Ordenanza se ajustarán a las disposiciones
sobre procedimiento, impugnación y, en general, régimen jurídico y sancionador que sean de
aplicación.

CAPÍTULO II.Ǧ PRINCIPIOS GENERALES DE CONVIVENCIA CIUDADANA Y CIVISMO:
DERECHOS, OBLIGACIONES CIUDADANAS Y AUTORIZACIÓN MUNICIPAL
Artículo 8.- Normas Generales de Convivencia Ciudadana y Civismo
1.
Sin perjuicio de otros deberes que se puedan derivar de esta u otras ordenanzas
municipales y del resto del ordenamiento jurídico aplicable, todas las personas que están en el
Municipio de San Martín de Valdeiglesias, sea cual sea el título o las circunstancias en que lo
hagan o la situación jurídica administrativa en que se encuentren, deben respetar las normas de
conducta previstas en la presente Ordenanza, como presupuesto básico de convivencia en el
espacio público.

3.
Es un deber básico de convivencia ciudadana tratar con respeto, atención,
consideración y solidaridad especiales a aquellas personas que, por sus circunstancias
personales, sociales o de cualquier otra índole, más lo necesiten.
4.
Todas las personas tienen la obligación de utilizar correctamente los espacios públicos
del municipio y los servicios, las instalaciones y el mobiliario urbano y demás elementos

BOCM-20231214-82

2.
Nadie puede, con su comportamiento, menoscabar los derechos de las demás personas
ni atentar contra su dignidad o su libertad de acción. Todas las personas se abstendrán
particularmente de realizar prácticas abusivas, arbitrarias o discriminatorias o que conlleven
violencia física o coacción moral o psicológica o de otro tipo.