San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20231214-82)
Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana
53 páginas totales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 443

3.
Las autorizaciones se otorgarán en períodos o fechas tradicionales y conmemorativas o
limitadas a días y horarios en zonas comerciales o análogas a nivel colectivo o singular.
4.
En todo caso, cuando las autorizaciones se dispongan por días consecutivos, deberán
de respetar un descanso mínimo de seis horas entre la terminación de una y la subsiguiente,
independientemente del titular de la misma.

TÍTULO III.Ǧ

NORMAS BÁSICAS DE CONDUCTA Y CUIDADO DE LA VÍA PÚBLICA,

INFRACCIONES Y SANCIONES ESPECÍFICAS
Artículo 98.- Normas Básicas
Se prohíben las siguientes actividades:
a)

Abandonar o arrojar a la vía pública cualquier tipo de basura o residuo qué, cuando sean
de pequeña entidad, deberán arrojarse a las papeleras.

b)

Ejercer oficios o trabajos; lavar vehículos, así como realizar cambios de aceite u otros
líquidos contaminantes; realizar reparaciones o tareas de mantenimiento de cualquier clase
en la vía pública.

c)

Situar o dejar abandonado en la vía pública cualquier tipo de objeto que suponga algún tipo
de riesgo para las personas, afee el entorno u obstruya el tránsito peatonal y/o rodado.

d)

Sacudir prendas o alfombras por los balcones o ventanas a la vía pública.

e)

Regar en los balcones y ventanas cuando se produzcan daños o molestias a otros vecinos.
En caso contrario, el horario para el riego será de 6:00 a 8:00 horas de la mañana, y entre
las 23:00 y las 01:00 horas, por la noche.

f)

Fumar o llevar el cigarro encendido en los vehículos de transporte público y en los edificios
públicos, fuera de los lugares autorizados.

g)

Acceder a los edificios e instalaciones públicas y en zonas no autorizadas, o fuera de su
horario de utilización o apertura.

Artículo 99.- Depósito de Residuos
1.
Los residuos urbanos domiciliarios, y asimilables, se depositarán dentro de los
contenedores dispuestos por el Ayuntamiento para ese fin. Solo se depositarán los residuos el
día que haya recogida. Si la recogida es diaria, los residuos se depositarán a partir de las 20:00
horas.
2.
La bolsa de basura solo debe contener los residuos que no posean ningún sistema de
recogida selectiva, o sea: materia orgánica: restos de comida sólida, restos de verduras, fruta,
pescado, carne, etc.; y fracciones no reutilizables ni reciclables (pañales, colillas, barreduras,
etc). Se depositará cerrada en los contenedores de orgánica, normalmente de color verde.

4.
Las fracciones reutilizables o reciclables de los residuos urbanos domiciliarios, como:
envases de vidrio o plástico, latas, envases metálicos, ‘brick’, papel y cartón deberán
depositarse en el interior de los contenedores específicos, normalmente tipo iglú y de colores
verde, amarillo y azul. Es conveniente sacar el aire a los envases de plástico y ‘brick’. Los
envases y embalajes de cartón deberán desmontarse, plegarse e introducirse en el contenedor
de papel y cartón. En los supuestos de que su cantidad o volumen lo hagan necesario, deberán
trasladarse por los interesados a otro contenedor próximo o al Punto Limpio Municipal.

BOCM-20231214-82

3.
Se prohíbe el depósito de envases y fracciones que dispongan de un sistema de
recogida selectiva en la bolsa de basura.