B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231214-18)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se modifica la Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros y se acuerda la apertura del plazo de presentación de solicitudes para participar en dichos procedimientos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

3.

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 73

Redacción, escritura y orden ............................................................................. 2 puntos
3.1. Correcta redacción y sintaxis del texto.
3.2. Correcta presentación y legibilidad del contenido escrito.
PARTE B
PARTE B1.- PREPARACIÓN, PRESENTACIÓN, EXPOSICIÓN ORAL
Y DEFENSA DE UNA UNIDAD DE PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA ANTE EL TRIBUNAL

1. Aspectos formales
1.1 La Unidad de Programación Didáctica, de carácter personal, será elaborada de forma individual por el aspirante y tendrá una extensión máxima de 25 páginas, incluidos los materiales de apoyo y anexos. Será presentada en tamaño “A4”, por una sola cara, con letra
tipo “Arial” de 12 puntos, sin comprimir, con interlineado doble y márgenes de 2,5 cm. Si
en la Unidad de programación didáctica se incorporan tablas, éstas deberán cumplir los
requisitos anteriores a excepción del interlineado, que podrá ser sencillo. El incumplimiento de estos requisitos será penalizado por el Tribunal. La Unidad de programación didáctica incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante
y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión máxima de 25 páginas.
Se aplicarán las siguientes penalizaciones sobre la puntuación total de esta parte:


En caso de que la unidad de programación didáctica no se presente conforme a los
requisitos de forma establecidos: A4, por una sola cara en letra Arial de 12 puntos sin
comprimir, a doble espacio (excepto en tablas) y márgenes de 2,5 cm: hasta 5 puntos.
— En caso de que la unidad de programación didáctica sobrepase las 25 páginas: 2 puntos, debiéndose anular las páginas que sobrepasen ese número y que, por lo tanto, no
serán valoradas.
1.2. En el caso de que el Tribunal detecte que la unidad de programación didáctica, de carácter personal, no cumple con el requisito de elaboración propia, la puntuación que se otorgará a la parte B1 será de cero puntos.
2. Elementos curriculares ............................................................................................ 6 puntos
Cada unidad de programación didáctica incluirá:
2.1. Selección de competencias específicas y criterios de evaluación asociados.
2.2. Movilización de contenidos con acuerdo al ciclo (conocimientos, destrezas y actitudes).
2.3. Relación de actividades o situaciones de aprendizaje que, a través de la movilización de
los contenidos, contribuyan al desarrollo y /o consecución de las competencias específicas.
2.4. Conexión de las actividades con los criterios de evaluación
2.5. Recursos propios y específicos, de acuerdo con las actuaciones planteadas.
2.6. Instrumentos de evaluación que permiten valorar el criterio de evaluación y que están conectados con las actuaciones planteadas.
2.7. Criterios de calificación asociados a cada instrumento de evaluación.
Solo para las especialidades de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje. Deberán presentar la unidad de programación didáctica y la adaptación curricular significativa de dicha unidad
de programación didáctica correspondiente, para un curso escolar y ciclo en el que este profesorado tenga atribuida la competencia docente.
Exposición y debate............................................................................................... ..4 puntos
3.1.
3.2.
3.3.
3.4.
3.5.

Claridad, coherencia y orden del discurso.
Adecuado uso del lenguaje, precisión terminológica y riqueza vocabulario.
Concreción en la respuesta a las dudas planteadas por el Tribunal.
Seguridad y confianza en la exposición.
Aportación de datos y argumentos que no hayan quedado claros en la exposición .

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