C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20231213-18)
Convenio ejecución infraestructuras –  Convenio de 30 de noviembre de 2023, para la ejecución de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento, saneamiento, depuración y reutilización entre el Ayuntamiento de Brunete, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A. M. P.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE DE 2023

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Cuarta
Obligaciones del Ayuntamiento
El Ayuntamiento se compromete:
4.a 1. A proporcionar mediante el oportuno título gratuito los terrenos demaniales de
propiedad municipal que resulten necesarios para el emplazamiento de las obras a ejecutar,
así como a conceder las licencias urbanísticas correspondientes de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2001, con aplicación de las exenciones tributarias que legalmente procedan al amparo de lo dispuesto en el artículo 100 del texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
4.a 2. A colaborar con la Sociedad Canal en lo que resulte necesario para la ejecución de las obras y, concretamente, en la tramitación ambiental y urbanística de los planes
y proyectos de infraestructuras que resulten oportunos, así como en los expedientes que se
incoen para expropiar los terrenos y/o derechos necesarios o para asegurar la plena disponibilidad de los terrenos afectados por las obras, incluida también la disponibilidad necesaria respecto de los terrenos de dominio público de titularidad municipal.
4.a 3. A condicionar la aprobación definitiva de los instrumentos de desarrollo y ejecución del planeamiento (Plan Parcial y/o Proyecto de Urbanización) al informe previo de
Viabilidad y puntos de conexión, solicitado por los propietarios y/o sujetos promotores y
emitido por la Sociedad Canal.
4.a 4. A condicionar la aprobación definitiva de los instrumentos de desarrollo y ejecución del planeamiento (Plan Parcial o Proyecto de Urbanización) al cumplimiento de lo
dispuesto en el Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre gestión de infraestructuras de saneamiento y depuración de la Comunidad de Madrid.
4.a 5. A condicionar la aprobación de los Proyectos de Urbanización, así como cualquier autorización para la ejecución de obras de urbanización, a la previa emisión por parte de la Sociedad Canal de las Conformidades Técnicas a los proyectos de las redes de abastecimiento y saneamiento, así como al cumplimiento de lo dispuesto en este sentido en la
estipulación Cuarta del convenio de gestión integral de la distribución y alcantarillado entre el Ilmo. Ayuntamiento de Brunete y Canal de Isabel II, de 13 de mayo de 1996.
4.a 6. A no otorgar licencias de edificación en los ámbitos urbanísticos afectados en
caso de no haberse iniciado por la Sociedad Canal la ejecución de las obras de las infraestructuras consideradas en el Anexo número 2 para cada uno de los sectores y necesarias para la garantía del abastecimiento y saneamiento de los desarrollos urbanísticos contemplados en el Expositivo Cuarto, así como a comprobar dicha circunstancia en los
expedientes de declaración responsable que incluyan actuaciones edificatorias.
4.a 7. A no conceder licencias de primera ocupación, funcionamiento o análogas respecto de edificaciones construidas en los ámbitos urbanísticos afectados, sin haber obtenido la previa comunicación de la Sociedad Canal de la puesta en servicio de las infraestructuras necesarias en cada caso conforme al Anexo número 2, así como a comprobar dicha
circunstancia en los expedientes de declaración responsable que incluyan actuaciones edificatorias.
4.a 8. A recabar informe previo de la Sociedad Canal sobre cualquier alteración de
planeamiento, ya sea por incorporación de nuevos ámbitos o por eliminación o modificación de las determinaciones de ordenación de los ámbitos relacionados en el Expositivo
Cuarto, así como sobre cualquier modificación de planeamiento que comporte una alteración significativa de las demandas estimadas en el presente documento.
Quinta

El coste estimado (excluido IVA) de las infraestructuras de abastecimiento, saneamiento, depuración y reutilización a ejecutar por la Sociedad Canal, y a costear por los
promotores de los desarrollos urbanísticos de suelo urbanizable de Brunete indicados en
el Expositivo Cuarto, es de:
— Abastecimiento: 17.722.597,33 euros (IVA excluido).
— Reutilización: 4.030.255,70 euros (IVA excluido).
— Saneamiento y depuración: 20.374.075,57 euros (IVA excluido).
Total: 42.126.928,60 euros (IVA excluido).

BOCM-20231213-18

Coste estimado de las infraestructuras