Torrejón de la Calzada (BOCM-20231212-84)
Organización y funcionamiento. Ordenanza régimen licencia
35 páginas totales
Página
Pág. 204

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 295

rización el productor de los RCD deberá presentar la estimación de la cantidad y
tipo de residuos a generar, así como el destino previsto para los mismos.
La cuantía de la fianza o garantía financiera equivalente será proporcional a la cantidad
estimada de cada tipo de residuos de construcción y demolición a producir y se calculará de
acuerdo a los siguientes criterios:
— RCD de nivel I, residuos excedentes de excavación y movimientos de tierras: 5
euros/m3, con un mínimo de 100 euros.
— RCD de nivel II, residuos de construcción y demolición de actividades propias de
sector de la construcción, demolición, reparación domiciliaria y de la implantación de servicios: 15 euros/m3, o el 0,2 por 100 del presupuesto de ejecución material (PEM), con un mínimo de 150 euros.
La estimación de m3 a generar en la obra, será calculada según criterio establecido en
Anexo IV, fianza o aval de gestión de residuos.
Únicamente las compañías suministradoras podrán solicitar un pago anual de fianzas
mediante convenio firmado por el Ayuntamiento, debiendo constar en el expediente documento justificativo del mismo emitido por el departamento competente.
A la vista de las carencias detectadas en la normativa y para evitar la exigencia de fianzas bajo criterios de cuantificación dispares tanto en el caso del volumen de residuos generados como en el caso de la cuantía aplicable a los presupuestos presentados para ser suficiente, se hace preciso proporcionar a los interesados una herramienta que les facilite y les
permita cuantificar de forma homogénea y objetiva la fianza para la gestión de RCD. Según lo establecido en el Anexo IV.
2.1. Depósito de fianza o aval como garantía de la correcta conservación de la urbanización: Junto con el modelo normalizado de licencia, declaración responsable o comunicación previa, el interesado deberá acreditar documentalmente el afianzamiento de
la correcta conservación de la urbanización en relación con los servicios públicos que
sean visibles desde el exterior y la vía pública, mediante la constitución de garantía en
cualquiera de las formas legalmente establecidas. El depósito de la garantía se efectuará
con carácter previo al inicio de las obras que responderá de:
Los daños y perjuicios que pudiera sufrir cualquier elemento del dominio público que
sean consecuencia directa o indirecta de la ejecución de las obras.
La fianza o aval como garantía de la correcta conservación de la urbanización será de
acuerdo al tipo de actuación:
a) Actuaciones de nueva edificación, demolición y movimiento de tierra, el importe
de dicha garantía se calculará en función de los metros cuadrados de urbanización
colindantes con la alineación exterior de la parcela sobre la que se pretenda la
actuación.
b) La utilización del dominio público para la instalación o modificación de conducciones de servicios públicos o de cualquier otra instalación.
c) Otras actuaciones que no estén incluidas en el punto a) y que requieran ocupación
de terreno de uso público con elementos a fines de la construcción (Anexo IIModelo 08).
La valoración del importe será conforme a las reglas previstas en el Anexo V.
2. Devolución de fianzas o avales:
2.1. Correcta gestión de los residuos de obra: Finalizadas las obras, el productor tendrá un plazo de 30 días naturales a partir de la entrega del último certificado de aceptación
por el gestor, para presentar la relación completa de certificados de aceptación de RCD ante
el órgano competente del Ayuntamiento y solicitar la devolución de la fianza o aval presentado en su día.
Los certificados acreditativos de su correcta gestión emitidos por gestor autorizado deberán ser de acuerdo con los modelos que figuran en los Anejos II y II.1 de la Orden 2627/2009,
de 16 de julio.
El Ayuntamiento comparará los datos correspondientes a los certificados de aceptación
con la previsión realizada a través del estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, y comprobará que los documentos recibidos que acreditan que los residuos de
construcción y demolición realmente producidos en sus obras han sido gestionados, sean
acordes con lo estipulado en el plan de gestión de los residuos de construcción y demolición.
Si ambas informaciones son congruentes se realizará el retorno de la fianza. Si no son
congruentes se pedirá una justificación satisfactoria y una vez obtenida se devolverá la fianza. Si no se obtiene se bloqueará la devolución de la fianza.

BOCM-20231212-84

BOCM