D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231211-29)
Convenio –  Convenio de colaboración de 28 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Asociación para la Defensa de los Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de la Comunidad de Madrid (ADICAE Comunidad de Madrid) y los Ayuntamientos de Canencia, Corpa, Montejo de la Sierra, Redueña y Santorcaz, para implantar un sistema de información al consumidor
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 294

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023

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haciendo una breve descripción en su sitio de internet, incluyendo la denominación y símbolo de la Comunidad de Madrid.
En todo el material impreso o electrónico, así como en la difusión a través de cualquier
medio, que se haga de las actividades derivadas de este convenio, tanto por las entidades
locales como por la organización de consumidores, deberá constar la colaboración de la Comunidad de Madrid y figurar expresamente su marca, que será facilitada, a estos únicos
efectos, por la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios.
Para ello, se tendrán en cuenta las indicaciones del Manual de Identidad Corporativa
editado por la administración autonómica, así como el Decreto 103/1994, de 20 de octubre,
por el que se regula la utilización de la denominación y símbolos de la Comunidad de
Madrid en marcas y signos distintivos de productos, mercancías y servicios.
Séptima
Financiación y pago

Nº TOTAL
DE HORAS

IMPORTE HORA
(IVA INCLUIDO)

IMPORTE TOTAL
CONVENIO

180

60,50 €

10.890,00

2. Para el mejor desarrollo del convenio, el pago de la cuantía reseñada se efectuará
directamente a la asociación de consumidores con carácter mensual, previa presentación de
la correspondiente factura a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
(FACe), que deberá acompañarse de las certificaciones de conformidad con el servicio
prestado, firmadas por los alcaldes, secretarios o personas que tengan reconocidas estas
funciones en cada entidad local, pudiendo utilizarse para ello el modelo que figura como
Anexo VI.
En todo caso, el contenido mínimo de estas certificaciones será el siguiente:
a. Nombre y cargo del firmante.
b. Denominación de la organización de consumidores que presta el servicio.
c. Identificación de los días y horarios en que se ha prestado el servicio en el mes.
d. Indicación de la conformidad de la entidad local con la realización del servicio en
las condiciones acordadas en el presente convenio de colaboración.
e. Fecha y firma.
Cada entidad local facilitará a la asociación de consumidores esta certificación de conformidad en los diez días siguientes a la finalización del mes correspondiente a la prestación del servicio.
3. En caso de producirse cualquiera de las causas previstas para la resolución del
convenio de colaboración antes de la finalización de su vigencia, este se liquidará de acuerdo al servicio efectivamente prestado que certifique cada entidad local.
4. De producirse la adhesión al presente convenio de alguna entidad local de acuerdo con lo previsto en la cláusula cuarta, el importe del presente convenio se ampliará en la
cuantía que corresponda para asegurar la prestación del servicio de información al consumidor en las entidades locales adheridas, y se tramitará de acuerdo con las previsiones de
la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid;
el Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid y demás normas de aplicación.
5. En el supuesto de que las partes acuerden unánimemente la prórroga del convenio
de colaboración, se actualizará la imputación del gasto al presupuesto vigente de la consejería con competencias en materia de consumo en el momento de su entrada en vigor y su
cuantía se modificará, si procede, en:
a. La diferencia resultante del importe máximo establecido por ayuntamiento en el
caso de que una entidad local cambie de modalidad de prestación de servicio

BOCM-20231211-29

1. El servicio de información al consumidor en las entidades locales incluidas en este
convenio se prestará durante un total de 180 horas durante la vigencia del mismo, cuyo precio se ha establecido en 60,50 euros/hora (IVA incluido). Así, la Comunidad de Madrid
aportará para el desarrollo del presente convenio de colaboración, según se detalla en los
Anexos I a IV, la cantidad máxima de 10.890,00 euros (IVA incluido) con cargo al subconcepto 22809 “otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 492A “Consumo”, del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2024.