Casarrubuelos (BOCM-20231207-49)
Organización y funcionamiento. Reglamento Honores Distinciones y Protocolo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 291

dades o corporaciones, tanto nacionales como extranjeras, por haber prestado servicios o
dispensado honores o beneficios culturales o sociales a Casarrubuelos.
2. La medalla tendrá el carácter de condecoración o distinción municipal en su grado más elevado de medalla de honor, y en sus tres categorías de Medalla de Oro, Plata y
Bronce, dependiendo de la índole de los servicios y trascendencia de los mismos.
3. Para determinar en cada caso la procedencia de la concesión y la categoría de la
medalla a otorgar, deberá tenerse en cuenta la importancia de los méritos y servicios y demás condiciones o circunstancias que dan lugar a la distinción, justificándose la misma en
el expediente relativo a su concesión.
4. Los trámites preceptivos para el acuerdo de concesión de la medalla de honor, en
cualquiera de sus categorías, vendrá precedida de los trámites expuestos al efecto en el título V del presente Reglamento. Debiendo acordarse el otorgamiento de las mismas por la
mayoría absoluta del Ayuntamiento en Pleno, previo expediente instruido al efecto, en el
que se acreditarán los méritos que justifiquen estos honores.
6. La Medalla de Honor se concederá acompañada del correspondiente diploma o
pergamino en el que figurarán los datos correspondientes al honor otorgado.
7. Las medallas se otorgarán y serán otorgadas con sus correspondientes distintivos
en un solemne acto oficial con las características descritas en el título V del presente Reglamento. El acto se celebrará en Casarrubuelos y con la presencia de la personalidad o representante de la entidad distinguida con la distinción.
8. En los actos a los que acuda la Corporación municipal, previa invitación, se les
otorgará lugar preferente, teniendo además derechos en los mismos a lucir la medalla acreditativa del honor recibido.
9. La Medallas al Mérito Cultural, Artístico, Científico y Deportivo, serán otorgadas
a aquellas personas que destaquen por sus merecimientos en el terreno de la cultura, el arte,
las ciencias o el deporte y que mantengan algún tipo de vinculación con el municipio. Serán otorgadas por la Corporación por mayoría de concejales asistentes al Pleno, a propuesta del Alcalde.
Las condecoraciones otorgadas serán objeto de un acto solemne de entrega de los correspondientes diplomas y medallas.
El diploma será extendido en pergamino artístico y cada medalla reflejará el motivo
del campo en que proceda la distinción, conforme a los diseños que apruebe el Ayuntamiento.
10. Serán distinguidos con la condecoración de la Medalla de la Policía Local los
miembros del cuerpo que realicen algún tipo de acto heroico y generoso, con peligro de su
vida, así como quienes contraigan méritos extraordinarios en el ejercicio de su actividad
profesional o privada que hayan contribuido notoriamente a enaltecer la imagen del Cuerpo de Policía Local.
También podrá ser concedida a personas e instituciones que se distingan por su manifiesta y permanente colaboración a la labor de la Policía Local del municipio de Casarrubuelos.
Serán distinguidos con la Cruz al Mérito Profesional, los funcionarios de la Policía Local que, durante la prestación del servicio o fuera de él, se distingan en la realización de intervenciones difíciles, arriesgadas o que enaltezcan la imagen de la Policía Local, así como
quienes contraigan méritos en el ejercicio de su actividad profesional o privada que hayan
contribuido notoriamente a enaltecer la imagen del cuerpo de la Policía Local.
Serán distinguidos con la Medalla al Mérito Profesional los miembros del cuerpo que
destaquen por sus virtudes profesionales y humanas, en un período de quince o más años
de servicio ininterrumpido.
La felicitación personal tiene por objeto premiar las actuaciones del personal de la Policía Local que destaque notoriamente del nivel normal en el cumplimiento del servicio o
que, por el riesgo que aquellas actuaciones comporten o por la eficacia de los resultados, se
consideren meritorias.
La felicitación será otorgada por escrito, y podrá ser pública o privada. En el primer
caso, se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre y se publicará
en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el de Anuncios de la Policía Local; en el caso
de que sea privada, se pondrá en conocimiento del interesado para su satisfacción personal.
La obtención de diez felicitaciones públicas dará derecho al funcionario al otorgamiento de la Medalla al Mérito Profesional, con independencia del período de tiempo del
servicio prestado.
El acto de imposición de las condecoraciones a los miembros de la Policía Local se
hará con relevancia pública y social adecuada, preferentemente en el día de la festividad del
Patrón del Cuerpo.

BOCM-20231207-49

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