D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231207-40)
Convenio –  Convenio de 20 de noviembre de 2023, entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 291

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 2023

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normal desenvolvimiento de su vida ordinaria, y a facilitar la accesibilidad y adaptaciones en
el hogar que contribuyan a mejorar su capacidad de desplazamiento en la vivienda.
Cuarta
Objetivos a cumplir por la Comunidad Autónoma en el año 2023
1. En cumplimiento de lo recogido en el “Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan
de Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia”,
adoptado en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía
y Atención a la Dependencia, este convenio que desarrolla el Marco de Cooperación Interadministrativa recoge los objetivos, medios y recursos para la mejora de los servicios y
prestaciones del Sistema que se han de ejecutar durante el año 2023, así como los indicadores que resulten necesarios que permitan verificar su cumplimiento.
2. En el anexo I del presente convenio se recogen los objetivos y las actuaciones que
componen el compromiso de la Comunidad Autónoma para el año 2023, así como los indicadores de verificación del cumplimiento de los mismos.
3. El grado de cumplimiento de los citados objetivos, podrá constituir un criterio de
reparto de la asignación relativa al nivel acordado correspondiente al ejercicio 2024, de
acuerdo con las previsiones al respecto del Marco de Cooperación Interadministrativa que
sea aprobado en dicho ejercicio y previo acuerdo del Consejo Territorial.

Sexta
Justificación de gastos por la Comunidad Autónoma
1. La Comunidad de Madrid se compromete a acreditar la correcta aplicación de la
totalidad de las aportaciones recibidas de la Administración General del Estado antes de la
finalización de la vigencia del presente convenio, mediante la cumplimentación de los certificados recogidos como anexo II y anexo III del presente convenio.
2. De conformidad con lo establecido en la regla séptima del apartado 2 del artículo 86
de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la Comunidad Autónoma
remitirá al Instituto de mayores y Servicios Sociales un estado de ejecución del ejercicio,
indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año, detallado por cada una de las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Estado desde las que se realizaron las transferencias de crédito. El
citado estado de ejecución se materializará en un certificado firmado por la persona titular
del centro directivo que gestione los créditos incluidos en este convenio y adverado por la
persona titular de la intervención, de conformidad con el modelo recogido como anexo II y
anexo III del presente convenio.
De la misma forma se presentará una memoria técnica de las medidas adoptadas con
relación al Plan de choque, cumplimiento de objetivos e indicadores de verificación previstos, suscrita por el titular del centro directivo que gestione los créditos incluidos en este convenio, donde se recoja el grado de cumplimiento y ejecución de las actuaciones recogidas
en el anexo I del presente convenio, e indicando asimismo la asignación presupuestaria final de cada una de las mismas.
Asimismo, dicha memoria contendrá en su caso, referencias expresas a las medidas
adoptadas para el cumplimiento del Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación para
garantizar la calidad de los centros y servicios del SAAD de 28 de junio de 2022, referidas
a ratios en centros y servicios; al impulso y materialización de las transposiciones normati-

BOCM-20231207-40

Quinta
Pago de las aportaciones de la Administración General del Estado correspondientes
al nivel acordado de financiación del SAAD
El pago de las aportaciones que corresponden a la Administración General del Estado,
con el objeto de financiar la aplicación y desarrollo del nivel acordado en la Comunidad
Autónoma correspondiente al año 2023, se llevará a cabo a la firma del presente convenio,
de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero de la regla quinta del artículo 86.2
de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional nonagésima novena de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, que dispone que podrá preverse el anticipo de hasta la cuantía total del importe
previsto en el respectivo convenio para la financiación de las actuaciones a desarrollar por
las comunidades autónomas, previa autorización del Consejo de Ministros.