D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20231206-1)
Convenio –  Anuncio de 16 de noviembre de 2023, del convenio de cooperación educativa entre la Universidad Pontífica de Comillas y Metro de Madrid, a través de programas de prácticas externas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 290

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE DICIEMBRE DE 2023

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to, compatibles con la actividad académica, de representación y participación desarrollada
por el estudiante en la Universidad. La Entidad, advertida con la antelación suficiente, concederá a los estudiantes los permisos necesarios para la asistencia a las mismas.
2. Contenido:
Las ofertas de prácticas deberán contener los siguientes datos:
a) Nombre o razón social de la Entidad donde se realizará la práctica.
b) Centro, localidad y dirección donde tendrán lugar.
c) Fechas de comienzo y fin de las prácticas, así como su duración en horas.
d) Número de horas diarias de dedicación o jornada y horario asignado.
e) Proyecto formativo, actividades y competencias a desarrollar.
f) La existencia, en su caso, de una bolsa o ayuda de estudios para el estudiante y la
forma de su satisfacción.
3. Difusión y adjudicación: Comillas realizará los procedimientos de difusión de las
ofertas, solicitudes y adjudicación de las prácticas de conformidad con su normativa interna, garantizando en todo caso los principios de transparencia, publicidad y accesibilidad
universal e igualdad de oportunidades.
Quinta
Condiciones particulares de la oferta de prácticas
1. Las condiciones particulares de las prácticas y los datos identificativos del estudiante concreto que vaya a realizarlas y del tutor que la Entidad le asigne tendrán que constar de forma expresa en el anexo correspondiente, conforme al modelo que se acompaña a
este Convenio como Anexo II, que será firmado por el Decano/Director del Centro implicado, el estudiante y la persona designada por la Entidad.
El estudiante deberá llevar a cabo dichas prácticas externas de conformidad con el proyecto formativo que se detalle en el anexo correspondiente (Anexo II) y la oferta de prácticas, que incluirán los objetivos educativos y las actividades que deberá realizar. En dicho
anexo y oferta de prácticas, así mismo, se determinarán las fechas de comienzo y finalización, el horario previsto, y el lugar de desarrollo, para cada uno de los alumnos que participen en el programa.
2. Las Partes acuerdan que la firma electrónica en el anexo del Convenio de cooperación educativa, en cualquiera de las modalidades permitidas por la plataforma de prácticas de Comillas, se considerará que tiene la misma validez que la firma manuscrita.
Sexta
Duración del período de prácticas
La duración del periodo de prácticas externas que los/as alumnos/as realicen en la empresa Metro de Madrid, S. A., a los efectos de completar su formación tendrá la duración
prevista en el artículo 5 del Real Decreto 592/2014.
Séptima
Ayudas al estudio

Octava
Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas
Durante el periodo de prácticas los/as alumnos/as serán titulares de los derechos y obligaciones recogidos en el art. 9 del RD 592/2014, de 11 de julio, estando igualmente sometidos a las estipulaciones del presente Convenio, y al régimen de funcionamiento de la Entidad, especialmente en cuanto se refiere al cumplimiento de horarios de actividades de

BOCM-20231206-1

La Entidad, a su libre elección, podrá asignar una cantidad mensual en concepto de
bolsa o ayuda al estudio a los estudiantes de Comillas que realicen prácticas al amparo del
presente Convenio, en el caso en que así se determine en el correspondiente Anexo que se
suscriba con el alumno. En ningún caso dicha ayuda tendrá la consideración de remuneración o nómina por la actividad desarrollada, al no existir relación laboral.
En tal caso, en el citado Anexo II quedará determinada su cuantía y la forma en la que
la empresa Metro de Madrid, S. A., procederá a satisfacer el importe de la misma.