D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20231206-1)
Convenio –  Anuncio de 16 de noviembre de 2023, del convenio de cooperación educativa entre la Universidad Pontífica de Comillas y Metro de Madrid, a través de programas de prácticas externas
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 290

CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El objeto del presente Convenio es regular la colaboración de la Entidad con Comillas
en la formación de sus estudiantes a través de un programa de prácticas académicas externas, entre las que se incluye la realización de proyectos de fin de carrera, cuyo objetivo es
permitir a los estudiantes universitarios aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten
su capacidad de emprendimiento.
Segunda
Régimen jurídico
1. La realización de estas prácticas está sujeta, en lo que le sea de aplicación, a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así como a las normas que en el futuro
puedan ampliarlos o sustituirlos. Si las prácticas se realizaran en una Comunidad Autónoma
con legislación autonómica en esta materia le será aplicable, si procede, dicha normativa.
En relación a la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, será de
aplicación lo establecido en el Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes
para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.
Además, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por
el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la
Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo
de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre
actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social y en la Disposición adicional vigesimoquinta del Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento la competitividad y la eficiencia. En concreto, para las prácticas formativas que no incluyan ayudas al estudio, la Entidad en la que el
alumno realice las prácticas asumirá el cumplimiento, gestión y coste de las obligaciones
de Seguridad Social del alumno, en el momento que sea de aplicación efectiva.
2. En el supuesto en el que hubiera alguna modificación normativa en la regulación
de las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, las partes se comprometen a llegar a un acuerdo para modificar aquellas cláusulas del Convenio que se puedan
ver afectadas o, en su caso, a resolver el presente Convenio si no llegaran a un acuerdo.
Tercera
Estudiantes en prácticas
Son candidatos a participar en este programa todos los estudiantes matriculados en
cualquier enseñanza impartida en Comillas o por los Centros adscritos a la misma, así como
los estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que, en virtud de programas
de movilidad académica o de convenios establecidos entre las mismas, se encuentren cursando estudios en Comillas o en los Centros adscritos a la misma.
Para la realización de las prácticas los estudiantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 592/2014, y los requeridos por Comillas y la Entidad como desarrollo o complemento de los legalmente requeridos.

Condiciones generales de la oferta de prácticas
1. La oferta de prácticas será realizada por la Entidad, sin que por ello asuma una
obligación contractual, y comunicada a Comillas para su difusión entre sus estudiantes. La
naturaleza y condiciones particulares de cada práctica concreta serán establecidas y publicadas en las sucesivas convocatorias.
Las prácticas ofertadas asegurarán el correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del estudiante. Los horarios de realización de las prácticas serán, por tan-

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Cuarta