Valdemoro (BOCM-20231205-104)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 289

la mitad, al menos, de sus miembros. En dicha sesión, el Tribunal adoptará las decisiones
pertinentes en orden al correcto desarrollo del proceso.
7.3. El Tribunal estará compuesto por cinco miembros funcionarios de carrera, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes, pudiendo actuar indistintamente cada uno de ellos. La totalidad de los miembros deberá poseer un nivel de titulación
igual o superior al exigido para el ingreso en el Grupo C1. Uno de los vocales del mismo
será un funcionario de carrera designado por la Comunidad de Madrid.
Al Tribunal de las pruebas selectivas asistirá un observador del desarrollo del procedimiento selectivo. Dicho observador, con voz y sin voto, actuará a título individual. Para su
designación la autoridad que nombre a los miembros del Tribunal requerirá a las organizaciones sindicales el listado de profesionales susceptibles de aquella designación. El observador deberá ser funcionario de carrera o personal laboral fijo, no siendo necesario que posea
titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas.
7.4. A partir de su constitución, el Tribunal requerirá la presencia de la mayoría de
sus miembros, titulares o suplentes, para actuar válidamente.
7.5. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.6. Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
7.7. El Tribunal, a efectos de indemnización por razón de servicios en concepto de
asistencias, está incluido en la categoría segunda del artículo 30.1.b) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
7.8. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Sistema de selección y pruebas selectivas

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases, de carácter sucesivo.
a) Oposición libre.
b) Concurso.
c) Curso selectivo de formación a superar en el Instituto de Formación Integral en
Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid.
d) Periodo de prácticas en el municipio.
8.1. Fase de oposición. Constará de las siguientes pruebas que tendrán carácter eliminatorio.
Primera:
Pruebas psicotécnicas, homologadas por la Comunidad de Madrid, orientadas a comprobar que las aptitudes y rasgos de personalidad de los aspirantes son los más adecuados
para la función policial a desempeñar.
Segunda:
a) Ejercicio de conocimiento. Consistirá en un cuestionario tipo test de 90 preguntas,
con tres respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas la correcta, en
relación con los contenidos del temario (Anexo III) que figuran en el temario adjunto a estas bases. Además, se incluirán un 10% adicional de preguntas de reserva que computarán por su orden si resultaran anuladas por el Tribunal alguna de
las preguntas iniciales. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de
noventa minutos.
b) Ejercicio de idiomas. Los opositores realizarán un ejercicio de conocimientos del
idioma inglés, que se corresponderá con el nivel B 1 que establece el Marco
Europeo de Referencia. El ejercicio consistirá en cumplimentar un cuestionario
compuesto de 10 preguntas con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de
ellas la correcta, sobre cuestiones de gramática y vocabulario del idioma inglés y
dispondrán para ello de 15 minutos.
Tercera:
Pruebas físicas adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar y tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación.

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