Valdemoro (BOCM-20231205-104)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 289

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2023

Para ello se realizarán las siguientes pruebas:
a) Carrera de resistencia sobre 800 metros.
b) Carrera de velocidad sobre 60 metros.
c) Salto de longitud desde posición de parado.
d) Lanzamiento de balón medicinal.
e) Natación sobre 25 metros.
Estas pruebas se realizarán con arreglo a las normas que figuran en el Anexo I.
Con anterioridad a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán presentar al
Tribunal un certificado médico actualizado, extendido en impreso oficial y firmado por un
colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las
condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas. Este certificado médico no excluye la obligación de los aspirantes de someterse al
preceptivo reconocimiento médico a que se refiere la base 8.1, apartado Cuarto, respecto a
la cuarta prueba de la fase de oposición.
En el desarrollo de estas pruebas se podrá realizar el pertinente control antidopaje, bien
a todos los aspirantes, o a un muestreo significativo de los mismos que determine el Tribunal. Si un aspirante presenta en este control niveles de sustancias prohibidas superiores a
los establecidos como máximas admisibles por el Consejo Superior de Deportes y demás
organismos competentes, será eliminado de las pruebas por el Tribunal.
El cronometraje y control de estas pruebas se realizará por personal especializado.
Cuarta:
Reconocimiento médico practicado por los facultativos que se designen al efecto. Se
realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de otra clase se consideren necesarias para comprobar que el opositor no está incurso en el cuadro médico de exclusiones que figura en el Anexo II. En este acto se procederá a comprobar la relación pesotalla de los aspirantes.
8.2. Fase de Concurso.
La fase del concurso consistirá en la calificación de los méritos alegados por los aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos que establece la Comunidad de Madrid en su
Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el
Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, se llevará a efecto respecto de
aquellas personas que hayan superado la fase de oposición, quienes dispondrán de un plazo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición.
Los méritos se alegarán, en el plazo indicado, mediante solicitud electrónica, a la que
se adjuntará debidamente cumplimentado, el anexo V.
En el concurso solo podrán ser valorados los méritos de los aspirantes que hayan superado las pruebas de oposición.
En el concurso puntuarán los siguientes méritos:
a) Servicios prestados, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
1. Como agente auxiliar: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
2. Como agente de movilidad: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
b) Titulaciones oficiales, con una puntuación máxima de 0,90 puntos, entendiéndose
como tales las siguientes titulaciones reconocidas por el ministerio competente en
materia de Educación, y sin que pueda computarse la titulación exigida para participar en el correspondiente proceso selectivo:
1. Doctorado: 0,80 puntos.
2. Máster oficial de estudios universitarios de 120 o más créditos del Sistema
Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (en adelante, ECTS):
0,20 puntos.
3. Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,10 puntos.
4. Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50 puntos.
5. Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
6. Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7. Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos.

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