Valdemoro (BOCM-20231205-104)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 289

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2023

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5.3. La solicitud se dirigirá al Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Valdemoro
y se presentará, alternativamente, por cualquiera de los medios siguientes:
a) En los Registros del Ayuntamiento o de forma electrónica en la sede municipal
( https://sede.valdemoro.es/sede ).
b) Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la instancia se hará constar la titulación oficial que se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en esta convocatoria.
5.4. Justificante de pago de la tasa de examen conforme a la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen, publicada en la página web www.valdemoro.es ,
según la cual: “Cuando las pruebas sean de acceso al cuerpo de Policía Municipal, independientemente del grupo, la cuota será de 37,04 euros”.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión
por causa imputable a los aspirantes, incluida la no subsanación en plazo de la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión
del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad colaboradora supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma de la solicitud.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Admisión de aspirantes

6.1. Terminado el plazo de presentación de instancias la Alcaldía o el órgano competente, en el plazo máximo de dos meses, dictará resolución declarando aprobada la lista
provisional de admitidos y excluidos. Dicha Resolución, que será publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID), se expondrá al público en el Tablón de Anuncios y en la Sede Electrónica del
Ayuntamiento de Valdemoro, indicándose las causas de exclusión y plazo de subsanación
de defectos que se concede a los aspirantes excluidos.
Para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y de excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente a la publicación de la citada Resolución, presentando el correspondiente escrito ante el Ayuntamiento de Valdemoro, Departamento de Personal.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran la exclusión o aleguen la
omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
6.2. Contra la Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que
pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición,
en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valdemoro ante
el mismo órgano que la ha dictado, o bien interponerse directamente recurso contencioso
administrativo, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso administrativo, de
acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
En dicha Resolución, se darán las indicaciones relativas al comienzo del primer
ejercicio.
6.3. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran
recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
7.a

Órgano de selección

7.1. El Tribunal calificador de este proceso selectivo será designado por el Alcalde
y figurará en el anuncio de la lista de aspirantes admitidos.
7.2. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia
del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes respectivamente le sustituyan, y de

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