C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231130-16)
Bases subvenciones –  Orden 1662/2023, de 22 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2023 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas de prevención contra la electrocución de la avifauna en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas con cargo a Fondos “Next Generation EU” de la Unión Europea. (C04.I02.P01.S10)
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B.O.C.M. Núm. 285

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023

alta tensión situadas en zonas de protección, conforme a lo previsto en el modelo
de solicitud Anexo I a la convocatoria.
d) Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la
Seguridad Social y con la Hacienda regional, si hay oposición expresa del interesado a su consulta por la Administración.
e) Certificado acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, salvo autorización expresa del interesado a la Administración para realizar la consulta.
f) De acuerdo con el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por
la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, se adjuntarán las siguientes declaraciones, debidamente firmadas:
— Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas, para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de
aplicación y de conformidad con la LO 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Anexo III a la
presente Orden).
— Compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Modelo contenido como
Anexo IV a la presente Orden.
— Los solicitantes que desarrollen actividades económicas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o en el censo equivalente de la
Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica
efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la subvención.
Documentación económica:
a) Presupuesto independiente por cada tendido para el que se solicita subvención,
desglosando el IVA.
El presupuesto debe separar el coste de corrección de cada uno de los apoyos y los
costes comunes a la corrección de todo el tendido (suministro temporal de energía
eléctrica, en su caso, etc.).
El coste de corrección de cada apoyo debe desglosar los medios humanos y materiales empleados.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la
normativa vigente de contratos del sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, con
carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del
servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención,
de acuerdo con el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, Ley General de Subvenciones.
En estos casos, la elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse, en
la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
El presupuesto podrá incluir el coste de las obligaciones de publicidad recogidas
en la presente Orden y normativa de los fondos “Next Generation EU”. La no inclusión de dichos costes en el presupuesto no implica la exención de cumplimiento de estas obligaciones a costa de los beneficiarios de las subvenciones.
Documentación técnica:
a) Proyecto técnico o memoria valorada de la propuesta de corrección, que deberá
ajustarse a lo dispuesto en el artículo 14 de la presente Orden y en el correspondiente anexo a la convocatoria.
Este proyecto deberá estar firmado por un profesional titulado de escuelas técnicas
de ingeniería de grado medio o superior, con atribuciones en las materias según la
Ley 21/1992, de 16 de julio, y los reglamentos de energía eléctrica, distribución y
transporte de energía y seguridad industrial que la desarrollan.

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BOCM-20231130-16

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