Alcalá de Henares (BOCM-20231129-29)
Urbanismo. Plan especial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 284

Artículo 19. Establece la necesidad de que las disposiciones de especial relevancia
incluyan un informe sobre su impacto por razón de género:
“Informes de impacto de género. Los proyectos de disposiciones de carácter general y
los planes de especial relevancia económica, social, cultural y artística que se sometan a la
aprobación del Consejo de Ministros deberán incorporar un informe sobre su impacto por
razón de género”.
Artículo 21.2. Extiende el mandato a las Entidades Locales:
“Las entidades Locales integrarán el derecho de igualdad en el ejercicio de sus competencias y colaborarán, a tal efecto, con el resto de las Administraciones públicas”.
Artículo 31.1 (párrafo segundo). Señala:
“Del mismo modo, las políticas urbanas y de ordenación del territorio tomarán en consideración las necesidades de los distintos grupos sociales y de los diversos tipos de estructuras familiares, y favorecerán el acceso en condiciones de igualdad a los distintos servicios
e infraestructuras urbanas”.
3.2.3.1.3. Objeto del documento:
El objeto del presente Plan Especial es la modificación parcial de las condiciones urbanísticas aplicables a la parcela de equipamiento dotacional C-1 del Sector 30-C a los efectos
de viabilizar la implantación del Cuerpo de Agentes Forestales de la DG de Emergencias de
la Comunidad de Madrid. Para ello se requiere la introducción, como uso característico de la
parcela, del uso oficinas en el marco de la red de equipamiento administrativo y demás usos
de interés social definidos en el art. 36.2.b de la LSCM 9/2001. Adicionalmente se realiza una
armonización de la norma zonal aplicable a la parcela con el PGOU vigente.
El ámbito de aplicación del presente Plan Especial se circunscribe a la parcela C-1 del
Sector 30-C, con referencia catastral 6424405VK6862S0001FP.
3.2.3.1.4. Análisis de impacto:
De acuerdo con lo expuesto anteriormente el contenido del Plan especial se circunscribe a las condiciones urbanísticas (condiciones de la parcela, condiciones de volumen y condiciones de uso) de la parcela C-1, sin tener incidencia en el diseño del espacio urbano. Las
modificaciones van encaminadas a viabilizar la implantación del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, por lo que no cabe inferir que el presente documento pueda tener impacto en la perspectiva de género.
3.2.3.1.5. Valoración de impacto:
Valoración del impacto de género: Neutro. Por el propio contenido del Plan especial
no cabe introducir medidas que puedan suponer cambios en la situación actual en relación
con la igualdad de género.
El alcance normativo del documento no genera un aumento de las brechas de género
respecto a la situación de inicial, ni contiene medida discriminatoria por razón de género.
3.2.3.2. Memoria de impacto en la infancia, adolescencia y familia.
3.2.3.2.1. Introducción:
En toda ciudad existen elementos que impactan negativamente en la vida de los niños
y niñas que la habitan: aspectos como la contaminación atmosférica o acústica, la siniestralidad, la falta de accesibilidad a la vivienda o infraviviendas y los efectos del cambio climático, entre otros. Pero hay otros elementos que, aunque no parezcan tan urgentes, son
muy importantes: la existencia de áreas verdes, plazas, espacios para el juego, acceso a la
naturaleza o el uso del espacio público “como elemento integrador de la sociedad”.
La inclusión es un elemento fundamental para avanzar en la equidad. No podemos
avanzar hacia ciudades más justas sin garantizar la inclusión de todos los grupos sociales.
Existen dos elementos clave para lograr esta inclusión: por un lado, avanzar en políticas centradas en las personas. Por otro lado, cambiar la forma en que se planifican, construyen y gestionan las ciudades, teniendo en cuenta todos los elementos que reflejan las problemáticas que caracterizan los entornos urbanos, que afectan a la población vulnerable.
Las políticas sociales en defensa de la infancia deben generar propuestas para incluir
elementos urbanos que logren que la naturaleza se acerque a los barrios, especialmente los
barrios vulnerables. El acceso a la naturaleza es determinante para el bienestar de la niñez.
El urbanismo y salud han estado unidos desde el principio: ya en los siglos XIX, XX
y XXI se adaptaron las zonas urbanas para dar respuesta a las enfermedades. Esto debería
suceder hoy para abordar, en este caso, las enfermedades derivadas del estilo de vida urba-

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