D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20231128-41)
Convenio –  Convenio de 10 de noviembre de 2023, entre la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid y la Fundación +34 para la atención a los madrileños en el exterior
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 234

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 283

drileños en el exterior en situación de vulnerabilidad y madrileños en el exterior que se encuentren cumpliendo una pena de privación de libertad.
Las actividades de apoyo de la red de voluntarios especializados de la Fundación, cubren los diferentes ámbitos asistenciales que los beneficiarios puedan necesitar: sanitario,
apoyo legal, psicológico, acompañamiento, de alimentación, alojamiento, etc.
3. Asimismo, ambas partes sufragarán los gastos correspondientes a la difusión de las
actuaciones realizadas en desarrollo del convenio a través de los canales que les son propios.
Quinta
Para la justificación de las actuaciones realizadas, en el plazo establecido en el apartado 1, párrafo cuarto de la cláusula cuarta, la Fundación +34 deberá presentar la siguiente
cuenta justificativa integrada por los siguientes documentos:
a) Memoria de actuaciones y resultados obtenidos.
b) Certificado ajustado al modelo de anexo II del presente convenio del representante
legal de la entidad, en el que se haga constar la relación de personas atendidas, detallando la causa, y que cumplen los requisitos recogidos en el presente convenio
tanto de su condición de madrileños como de vulnerabilidad.
Asimismo, el certificado hará constar el número total de españoles atendidos y el
tanto por ciento que los madrileños suponen respecto del total de españoles en
cada período de justificación.
c) Memoria económica en la que se detalle:
1. Relación detallada de los gastos directos imputados al presente convenio durante cada período justificativo.
Se entenderá por gastos directos aquellos relacionados directamente con las
ayudas proporcionadas a los beneficiarios objeto de este convenio, tales como:
viajes a los países de prestación de la ayuda, alojamiento proporcionado a los
beneficiarios, dietas y transporte de los voluntarios, sepelio, medicinas, alimentos, material sanitario o de otro tipo.
2. Dentro de los gastos directos realizados por la Fundación para la ejecución de
actuaciones se distinguen aquellos relacionados con la compra de artículos ordinarios de aseo, sanitarios o de limpieza, alimentos o medicinas de uso común, en los que la separación e identificación de la parte de los gastos dirigida a madrileños no es viable ni eficaz respecto de la parte que no va dirigida
a madrileños.
En relación con estos gastos se aportará, una relación detallada de los que han
sido imputados al presente convenio durante cada período justificativo, que
serán proporcionales al número de madrileños en relación al total de españoles atendidos por la Fundación.
3. Relación detallada de los gastos indirectos imputados al presente convenio
durante cada período justificativo, que serán proporcionales al número de madrileños en relación al total de españoles atendidos por la Fundación.
Se entenderá por gastos indirectos aquellos que son estructurales, como gastos de personal, salarios y cotizaciones a la Seguridad Social, alquiler de la
sede social, informáticos, gestoría, viajes institucionales a Madrid, material
fungible, informática, impuestos, etc.
d) Certificado ajustado al modelo de anexo III del presente convenio, del representante legal de la Fundación +34 en el que se hagan constar los gastos totales directos del apartado c.2 de esta misma cláusula y los gastos totales indirectos, así como
que los gastos imputados al convenio son proporcionales al número de madrileños
en relación con el total de españoles atendidos por la Fundación en ese período.
e) Las facturas correspondientes a los gastos imputados al convenio, u otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Junto con las facturas se acompañarán los correspondientes justificantes de pago. Dichos documentos se aportarán como
justificantes a la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión
Europea, quien deberá validar las facturas y aprobar los gastos.

BOCM-20231128-41

Justificación