C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231125-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Daimler Truck España, S. L. U. (Código número 28103741012023)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 281



Requieren conocimientos conseguidos a través de la formación y de la práctica. Deben tener
suficiencia en la actividad especializada, adquirida a través de una sólida formación y cierta
experiencia.



Para los puestos técnicos, se requiere únicamente habilidades de interacción humana
normales para el trato con los otros. Aquellos que desarrollan labores de soporte a la creación
de negocio, deben poseer habilidades de comprensión, influencia y negociación.



Están sujetos a planes y programas establecidos, debiendo ellos conseguir sus objetivos
parciales, sometidos a supervisión de un superior.



Se enfrentan a problemas complejos, aunque en su mayor parte definidos y situaciones con
aspectos novedosos, siendo necesario escoger la solución más adecuada.

b) Formación básica orientativa: Titulación universitaria de grado medio o formación profesional de
grado superior, o experiencia equivalente.
20.4. Conductor/Oficial:
Especialistas en las actividades específicas de carácter técnico y/o soporte asignadas.
a) Descripción del perfil según criterios de responsabilidad, conocimientos, autonomía, iniciativa y
nivel de contribución:


Ejecutan y/o supervisan actividades específicas en cuanto a objetivo y contenido, debiendo
ser capaces de programar y organizar su propio trabajo.



Requieren pericia en procedimientos, adquirida a través de una formación teórica y práctica.



No son necesarias dotes especiales de comunicación, debiendo de tener capacidad de
exposición.



Disponen de procedimientos para solventar los distintos problemas que se les presentan,
debiendo ellos aplicar la solución más adecuada para cada posibilidad, recurriendo a un
supervisor próximo en caso de situación no rutinaria.
Se enfrentan a problemas complejos y variados, que exigen conocimientos fundados para su
resolución. Deben poseer criterio para elegir la posibilidad correcta, pudiendo determinarse
sin dificultad la validez de la decisión.



b) Formación básica orientativa: Formación profesional de grado superior, medio o bachillerato, o
experiencia equivalente.

Capítulo IV
Condiciones económicas
Artículo 21.- Remuneración anual
La remuneración anual en función de las horas anuales de trabajo consta en las tablas anexas.
Artículo 22.- Incrementos salariales y retribución variable
Salario fijo
Los incrementos del salario fijo durante la vigencia del presente convenio serán:
o Año 2023: 3%
o Año 2024: 2,5%
o Año 2025: 2%

Se establece un variable objetivo no consolidable del 2,5% que se calculará sobre el salario fijo
anual, basado en el 100% de grado de consecución de resultados de compañía y de cumplimiento
de objetivos de desempeño individual (Company performance e individual performance). Tal y como
viene recogido en el Anexo 2.
Pago único
Se establece un pago único y no consolidable resultante de la diferencia entre el % de subida
pactada y el % IPC real, sin regularización a la baja, según el Anexo 3.

BOCM-20231125-2

Bono variable