C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231125-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Daimler Truck España, S. L. U. (Código número 28103741012023)
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BOCM

SÁBADO 25 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 281

Cuando el Comité de Empresa haya decidido efectuar acumulación del crédito horario, deberá
comunicar por escrito a la Dirección de Recursos Humanos los siguientes aspectos:
a) Nombre de los miembros del Comité de Empresa en los que recaerá la acumulación de las horas
y el de los miembros a los que haya que detraer las mismas.
b) Motivo de dicha acumulación.
c) El periodo de tiempo y horario al que afectará dicha situación.
En ningún caso, la acumulación del crédito de horas podrá suponer que algún miembro del Comité
de Empresa quede relevado de prestar las funciones de su puesto de trabajo.
Artículo 37.- Régimen disciplinario
Será de aplicación lo dispuesto en el Código de Conducta Laboral previsto en el Acuerdo Nacional del
Sector del Metal, así como en el Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la Comunidad de Madrid.
Artículo 38.- Solución de problemas individuales
Se establece el siguiente procedimiento para la solución de conflictos individuales:
1.- Como primera instancia el interesado presentará la queja por escrito a su jefe inmediato, quien
deberá contestar en un plazo máximo de cinco días laborables.
2.- De no recibir contestación de su jefe inmediato, o no considerándola satisfactoria, se cursará
escrito al Departamento de Recursos Humanos, quien concretará la naturaleza de la queja,
contestando dentro de los 10 días laborables siguientes a la fecha de la recepción del escrito.
3.- En el caso de que el interesado considere insatisfactoria la resolución adoptada por el
Departamento de Recursos Humanos, se dará audiencia al mismo conjuntamente con un miembro
del Comité de Empresa, si lo hubiere y el interesado lo considere oportuno.
En todo caso la resolución final se adoptará por el Departamento de Recursos Humanos en el plazo de 5
días hábiles contados a partir de la fecha de la citada reunión, informando de ello al Comité de Empresa.
4.- En aquellas reclamaciones que por su contenido o materia tengan que dirigirse directamente al
Departamento de Recursos Humanos, se contestarán en un plazo máximo de diez días hábiles.
Artículo 39 - Seguridad y salud laboral
Ambas representaciones se comprometen a seguir impulsando al máximo la Seguridad y Salud
Laboral dentro de la Empresa, a través del Comité correspondiente.
El Comité de Seguridad y Salud Laboral hará especial seguimiento para la eliminación de riesgos
en el trabajo de mujeres en periodo de gestación.
Asimismo, y por el grave efecto negativo que para la salud de las personas trabajadoras está
teniendo en algunas empresas el acoso moral en el trabajo, hace necesario llevar a cabo las medidas
necesarias para evitar que estos hechos se produzcan en la empresa.
Artículo 40.- Política de Medio Ambiente
La Dirección de la Empresa tomará las medidas necesarias para minimizar los impactos negativos
que sobre el medio ambiente y en los diferentes aspectos medioambientales tales como emisiones
a la atmósfera, aguas residuales, gestión de residuos, incidencias ambientales, energía o gestión
medioambiental, pueda implicar el desarrollo de sus actividades. Se compromete igualmente a
garantizar una continuidad en el tiempo de lo anterior mediante la implantación de sistemas de
gestión medioambiental y la fijación de una política y directrices medioambientales.
Artículo 41.- Desarrollo de Recursos Humanos
La necesidad de capacitar profesionalmente a las personas trabajadoras, para que estas puedan
asumir con las suficientes garantías los nuevos roles y las exigencias que las nuevas tecnologías
requieren es un objetivo de este Convenio, circunstancia ésta que debe suponer, independientemente
de la mejora permanente del equipo humano, un importante incremento en la empleabilidad de todas
las personas trabajadoras. Para apoyar estos objetivos, se acuerda que:

• La Dirección de la Empresa informe anualmente al Comité de Empresa, sobre el proyecto
General de formación y trimestralmente informe sobre su desarrollo general y sectorial.

BOCM-20231125-2

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