C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231124-23)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 1999/2023, de 13 de noviembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el período 2024-2026
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 280

VIERNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2023

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3.o Los sistemas de control medioambiental para la medición de temperatura y
humedad de los depósitos de archivo.
4.o Los dispositivos de reproducción de documentos: escáner, cámara fotográfica
digital y equipos reproductores multifuncionales.
5.o Los sistemas de protección contra incendios.
6.o El software específico de gestión de archivo.
7.o El equipamiento informático (hardware).
8.o Cualesquiera otros que contribuyan al cumplimiento de la línea de actuación
prevista y así se determinen en las bases reguladoras.
c) Organización y tratamiento archivístico integral (identificación, clasificación,
descripción e instalación) de fondos documentales desorganizados.
d) Restauración de documentos en mal estado de conservación o que corran peligro
de pérdida o deterioro, que lleva aparejada la digitalización de los documentos restaurados.
e) Digitalización y/o microfilmación de los fondos documentales históricos de entidades privadas sin ánimo de lucro, que tendrá en cuenta lo siguiente:
1.o Los fondos documentales tendrán, al menos, treinta años de antigüedad.
2.o Se podrán digitalizar también aquellos documentos que, aun sin tener esa antigüedad, hayan pasado por el proceso de valoración.
3.o La digitalización se realizará desde el documento original.
4.o Los trabajos de microfilmación serán optativos y sólo se realizarán a partir de
la copia digital.
5.o Cualesquiera otras cuestiones que contribuyan al cumplimiento de la línea de
actuación prevista y así se determinen en las bases reguladoras.
f) Proyectos y actividades de difusión del patrimonio documental custodiado en Entidades privadas sin ánimo de lucro.
g) Cualesquiera otras que contribuyan al cumplimiento del objetivo previsto y así se
determinen en las bases reguladoras.
El crédito propuesto en el período 2024-2026 es de 311.493 euros, distribuido conforme a las siguientes anualidades:
AÑO 2024

AÑO 2025

AÑO 2026

103.831 euros

103.831 euros

103.831 euros

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 332A, partida 78099-Otras Instituciones Sin Fines de Lucro o equivalente del programa al que se adscriba la materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. No existe cofinanciación por parte del
Estado ni de la Unión Europea.
Con el fin de gestionar más adecuadamente las ayudas, el órgano instructor determinará la conveniencia de convocar todas o únicamente algunas líneas de actuación, así como
la posibilidad de efectuar una convocatoria conjunta o convocatorias independientes.
La concesión de las ayudas queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes en el ejercicio
correspondiente a la convocatoria de subvenciones que proceda.
7. Subvenciones en materia de bibliotecas y patrimonio bibliográfico (programa 332B)

De acuerdo con el mandato del artículo 44.1 de la Constitución, que obliga a los poderes públicos a promover y tutelar el acceso de los ciudadanos a la cultura, una de las vías
prioritarias para dicho acceso lo constituye, sin lugar a dudas, el apoyo decidido a la extensión de la lectura y el fomento de la edición del libro y de las bibliotecas.
Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la
Comunidad de Madrid.
— Art. 9.2. La Comunidad de Madrid convocará ayudas para potenciar las iniciativas que surjan en el ámbito institucional, privado o asociativo, para el fomento de
la lectura, con especial atención a las propuestas por las bibliotecas integrantes del

BOCM-20231124-23

A) Normativa específica