C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231124-23)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 1999/2023, de 13 de noviembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el período 2024-2026
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 280

La financiación de las líneas de subvención y ayudas estará supeditada, en todo caso,
al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
6. Subvenciones en materia de archivos, gestión de documentos
y patrimonio documental (Programa 332A)
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid señala que corresponde a esta
Comunidad de forma exclusiva el ejercicio de las competencias señaladas en el artículo 26.1, apartados 18.o, 19.o y 20.o, en materia de archivos de interés para la Comunidad de
Madrid, patrimonio histórico y fomento de la cultura y la investigación. El ámbito normativo en el que se enmarcan estas actuaciones es la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid. La Dirección General de Patrimonio Cultural asume las competencias previstas en dicha Ley en todo lo concerniente a la defensa,
conservación, acrecentamiento, difusión y uso adecuado del patrimonio documental, archivos y colecciones de naturaleza análoga de interés para la Comunidad de Madrid que no
sean de titularidad estatal.
La Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de
Madrid establece medidas y actuaciones a desarrollar para la protección del Patrimonio Documental Madrileño, entre las cuales cabe citar:
— Art. 22.2 B): El impulso, la planificación, la cooperación y el fomento para el desarrollo y mejora de los servicios de los archivos que integran el Sistema de Archivos de la Comunidad de Madrid y para el acrecentamiento, la protección, la
conservación y la difusión del Patrimonio Documental Madrileño.
— Art. 22.2 L): el desarrollo de programas de apoyo técnico y económico a los archivos que formen parte del Sistema de Archivos de la Comunidad de Madrid, en
función de sus disponibilidades presupuestarias.
— Art. 34.4: se podrán depositar en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid,
por motivos técnicos y de conservación, los documentos custodiados en los archivos de sus Subsistemas de Archivos considerados de conservación permanente por
su valor histórico o informativo, una vez concluidos los plazos establecidos en la
correspondiente Tabla de Valoración. La aceptación del depósito por parte del Archivo Regional de la Comunidad de Madrid requerirá del informe previo del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid.
— Arts. 37 y 38: la Red de Archivos de Uso Público de la Comunidad de Madrid reúne el conjunto de archivos públicos y privados existentes en el territorio de la Comunidad de Madrid que se integren o se adhieran a la misma y que puedan ser de
interés para los ciudadanos. La Red de Archivos de Uso Público de la Comunidad
de Madrid tiene por objeto la configuración de unas normas homogéneas de infraestructura, personal, funcionamiento y servicios para todos aquellos archivos
públicos y privados de la Comunidad de Madrid que se integren o adhieran a la
misma, de manera que se garanticen el acceso a los documentos que custodien y
la difusión de los mismos.
— Art. 39.2: La adhesión de los archivos privados a la Red de Archivos de Uso Público
de la Comunidad de Madrid podrá ser tenida en cuenta a la hora de recibir asistencia técnica y, en su caso y en función de las disponibilidades presupuestarias, como
criterio en la valoración de las solicitudes que se presenten para recibir apoyo económico de la Comunidad de Madrid, a través de convocatorias de subvenciones o
mediante convenios u otras formas de colaboración que puedan articularse.
— Art. 58.1: todos los archivos integrados en el Sistema de Archivos de la Comunidad
de Madrid deberán poseer las instalaciones y los sistemas de gestión adecuados,
tanto en lo que respecta a su ubicación como a sus condiciones técnicas específicas, para el mantenimiento, seguridad, consulta y conservación de los documentos
en ellos custodiados.
— Art. 61.2: la Comunidad de Madrid colaborará, en función de sus disponibilidades
presupuestarias, en la mejora de las instalaciones de las respectivas infraestructuras de los archivos públicos, guardando el principio de inversión proporcional por
parte de la entidad que reciba la ayuda.
— Art. 96.1: Para fomentar la difusión y favorecer la protección del Patrimonio Documental Madrileño, así como la investigación sobre sus documentos, la Conse-

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A) Normativa específica